
John Jairo Martínez Álvarez cuestiona la decisión que archivó el incidente de desacato relacionado con la orden judicial que dispuso su reintegro a la Cámara de Comercio de Tunja. El Tribunal admitió la nueva acción constitucional, vinculó a la Cámara, a Colpensiones y a otras autoridades, pero negó la suspensión provisional de la decisión cuestionada.
Una nueva batalla judicial se abre alrededor de la salida de John Jairo Martínez Álvarez de la Presidencia Ejecutiva de la Cámara de Comercio de Tunja. El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja, Sala Civil-Familia, admitió una nueva acción de tutela presentada por Martínez contra la decisión del Juzgado Cuarto Civil Municipal de Tunja que, el pasado 21 de julio, se abstuvo de imponer nuevas sanciones por desacato y ordenó archivar el trámite relacionado con el cumplimiento de una sentencia que había dispuesto su reintegro.
La decisión fue adoptada el 10 de agosto de 2026, dentro del proceso identificado con el radicado 2026-0852. El Tribunal, sin embargo, negó la medida provisional solicitada por el accionante para suspender inmediatamente los efectos de la providencia que ordenó el archivo del incidente.
La controversia tiene su origen en la salida de Martínez Álvarez de la Cámara de Comercio de Tunja. Según expone en la nueva tutela, fue elegido presidente ejecutivo de la entidad el 30 de septiembre de 2024 y removido del cargo el 12 de febrero de 2026, pese a que había advertido que tenía la condición de prepensionado y que, por ello, consideraba estar amparado por estabilidad laboral reforzada.
Martínez acudió inicialmente a la justicia constitucional para controvertir su desvinculación. El Juzgado Cuarto Civil Municipal de Tunja declaró improcedente esa primera tutela el 6 de marzo de 2026. Sin embargo, en segunda instancia, el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Tunja revocó esa decisión mediante sentencia del 13 de abril de 2026 y concedió la protección de sus derechos fundamentales.
Según la providencia ahora estudiada por el Tribunal Superior, aquella sentencia ordenó el reintegro de Martínez al cargo de Presidente Ejecutivo de la Cámara de Comercio de Tunja o a uno de igual o superior jerarquía, además del pago de salarios y prestaciones dejados de percibir. También estableció que debía permanecer en el empleo hasta el reconocimiento, inclusión en nómina y pago efectivo de la primera mesada pensional.
El cumplimiento de esa orden se convirtió posteriormente en el centro de una nueva disputa.
Martínez sostiene que la Cámara de Comercio no cumplió materialmente la sentencia y por esa razón promovió un incidente de desacato ante el Juzgado Cuarto Civil Municipal de Tunja.
En su relato ante el Tribunal Superior, asegura que durante ese trámite se presentaron diferentes actuaciones que, a su juicio, terminaron dilatando el cumplimiento de la decisión judicial. Entre ellas menciona solicitudes de aclaración, incidentes de nulidad y nuevas acciones constitucionales.
Uno de los puntos que cuestiona es la creación, el 17 de abril de 2026, del cargo de “director general Corporativo”. Según el accionante, esta nueva posición habría sido creada sin una justificación técnica y habría servido para aparentar el cumplimiento de la sentencia sin producir su reintegro efectivo como presidente ejecutivo.
Martínez también afirma que intentó asumir nuevamente sus funciones los días 4 y 5 de mayo y 4 de junio, incluso acompañado por un notario, pero que no pudo ejercer materialmente el cargo.
El trámite de desacato tuvo además varios momentos. De acuerdo con lo expuesto en la tutela, inicialmente se impusieron sanciones económicas y de arresto a responsables del supuesto incumplimiento, pero posteriormente se concedieron nuevos términos y el proceso continuó.
El accionante incluso presentó una solicitud de vigilancia judicial administrativa ante el Consejo Seccional de la Judicatura de Boyacá y Casanare, al considerar que el juzgado no había adoptado medidas suficientes para lograr el cumplimiento efectivo del fallo.
Otro elemento determinante en la disputa es el reconocimiento de la pensión de vejez de Martínez.
Durante el trámite del desacato, el accionante cuestionó actuaciones relacionadas con el reconocimiento pensional realizado por Colpensiones. Según afirma, la gestión habría sido impulsada por Sergio Armando Tolosa Acevedo, cuya legitimación para actuar en ese procedimiento es precisamente uno de los asuntos que Martínez pide que sea examinado.
El expediente señala que Colpensiones expidió la Resolución SUB-182718 del 5 de junio de 2026, mediante la cual reconoció la pensión de vejez a Martínez. El accionante asegura que había advertido que no autorizaba a terceros para adelantar actuaciones pensionales en su nombre y que posteriormente interpuso recursos administrativos contra el reconocimiento, cuestionando además aspectos del procedimiento.
Este punto resulta relevante porque el reconocimiento pensional terminó teniendo incidencia directa en la decisión del juez encargado del desacato.
El 21 de julio de 2026, el Juzgado Cuarto Civil Municipal de Tunja decidió abstenerse de imponer nuevas sanciones y ordenó archivar el incidente, al considerar que la sentencia había sido cumplida después de que se produjo el reconocimiento de la pensión, la inclusión en nómina y la disponibilidad de la primera mesada.
Para Martínez, esa conclusión es precisamente el problema central.
El accionante sostiene que el reconocimiento de la pensión no podía reemplazar la orden de reintegro que había sido impartida por el juez constitucional de segunda instancia. En otras palabras, considera que una cosa era el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con su permanencia laboral hasta la materialización de su pensión y otra distinta que efectivamente se hubiera producido el reintegro ordenado.
Por eso, en la nueva tutela solicita que se determine si la sentencia del 13 de abril fue cumplida de manera material, integral y efectiva.
El Tribunal Superior de Tunja decidió admitir la nueva acción constitucional contra el juez que tramitó el desacato.
La acción fue dirigida contra William Fernando Cruz Soler, en su calidad de Juez Cuarto Civil Municipal de Tunja. Además, fueron vinculados la Cámara de Comercio de Tunja, el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Tunja, el Consejo Seccional de la Judicatura de Boyacá y Casanare y Colpensiones.
El Tribunal también ordenó incorporar al expediente decisiones relacionadas con otros procesos constitucionales y pidió al Juzgado Cuarto Civil Municipal remitir el expediente de la tutela original y los incidentes de desacato que se hubieran tramitado.
Las autoridades y partes vinculadas tendrán un término de un día para pronunciarse sobre los hechos planteados en la nueva acción.
Sin embargo, la Sala Civil-Familia negó la medida provisional solicitada por Martínez, quien pretendía que se suspendieran inmediatamente los efectos de la decisión del 21 de julio mientras se resuelve la nueva tutela.
La magistrada María Julia Figueredo Vivas explicó que la suspensión solicitada está estrechamente relacionada con el fondo mismo de la controversia. En criterio del Tribunal, concederla en esta etapa implicaría anticipar los efectos de una eventual decisión favorable, antes de contar con todos los elementos necesarios y de escuchar a las autoridades y terceros vinculados.
El Tribunal recordó además los criterios establecidos por la Corte Constitucional para adoptar medidas provisionales: que exista una apariencia de buen derecho, que haya un riesgo derivado de la demora y que la medida no produzca un daño desproporcionado a quien resulte afectado.
Para la Sala, en esta etapa inicial no existen elementos suficientes que permitan concluir que mantener vigente la decisión cuestionada produzca un perjuicio irremediable que no pueda ser atendido mediante la decisión de fondo.
La decisión del Tribunal no resuelve todavía quién tiene la razón sobre el cumplimiento de la sentencia de abril. Lo que hace es abrir formalmente un nuevo proceso constitucional para examinar los cuestionamientos formulados por Martínez Álvarez contra la providencia que archivó el desacato.
Entre los asuntos que deberán ser analizados están el alcance de la orden de reintegro, si esta fue cumplida materialmente, el efecto que tuvo el reconocimiento pensional sobre esa obligación y las actuaciones adelantadas ante Colpensiones.
Martínez pide que se deje sin efectos la providencia del 21 de julio y que el Juzgado Cuarto Civil Municipal emita una nueva decisión en la que valore integralmente las pruebas y argumentos presentados durante el incidente. También solicita que se examine la legitimación de Tolosa Acevedo para adelantar actuaciones ante Colpensiones y que se revisen las actuaciones relacionadas con el reconocimiento de su pensión.
El Tribunal, por ahora, ha ordenado recopilar el expediente y escuchar a las partes.
Así, la controversia que comenzó con la salida de Martínez de la Presidencia Ejecutiva de la Cámara de Comercio de Tunja llega a una nueva instancia judicial. Mientras el accionante sostiene que una sentencia de tutela que ordenó su reintegro no puede considerarse cumplida simplemente por el reconocimiento de su pensión, la decisión que ahora se encuentra bajo revisión había considerado que el reconocimiento, la inclusión en nómina y la disponibilidad de la primera mesada permitían dar por satisfecho el fallo.
La discusión de fondo apenas comienza en esta nueva tutela. El Tribunal Superior deberá determinar ahora si la decisión que archivó el desacato respetó el alcance de la sentencia constitucional y los derechos fundamentales que Martínez Álvarez considera vulnerados.










