JEP imputa a 11 excomandantes de las Farc por crímenes de guerra y de lesa humanidad

Foto | JEP

La investigación documentó 263 hechos de desplazamiento forzado, 204 homicidios y 53 desapariciones. Entre los responsables señalados están Rodrigo Londoño, ‘Timochenko’, y Pastor Alape. Los antiguos comandantes tienen plazo hasta el 8 de diciembre para reconocer su responsabilidad o rechazar las imputaciones.

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) imputó a 11 antiguos comandantes de las extintas Farc como máximos responsables de crímenes de guerra y de lesa humanidad cometidos durante el conflicto armado, en hechos investigados dentro del Caso 10, relacionado con conductas no amnistiables atribuidas a esa organización guerrillera.

La decisión, conocida ayer, vincula a dos antiguos integrantes del secretariado de las Farc: Rodrigo Londoño, conocido como ‘Timochenko’, y Pastor Lisandro Alape Lascarro, además de nueve antiguos comandantes regionales de los bloques Magdalena Medio y Caribe, cuyas estructuras tuvieron presencia en diez departamentos del norte y nororiente del país.

La dimensión de los hechos investigados se refleja en las cifras establecidas por la jurisdicción: el desplazamiento forzado fue el crimen más recurrente, con 263 hechos documentados, seguido de 204 homicidios y 53 desapariciones forzadas. La investigación también busca esclarecer el paradero de 54 personas desaparecidas.

La Sala de Reconocimiento de Verdad determinó que los comparecientes son máximos responsables de conductas como homicidio, desplazamiento forzado, ataques contra la población civil, destrucción y apropiación de bienes, tortura, tratos crueles y violencia sexual.

Entre los crímenes de guerra atribuidos también figuran los ataques contra bienes protegidos por el Derecho Internacional Humanitario, como hospitales, escuelas e iglesias, así como los homicidios y lesiones cometidos mediante engaños o actuaciones a traición.

En cuanto a los crímenes de lesa humanidad, la imputación comprende asesinato, traslado forzoso de población, desaparición forzada, tortura, otros actos inhumanos, violación y violencia sexual. Por su gravedad, estas conductas no pueden ser objeto de amnistía.

La decisión de la JEP se fundamentó en el análisis de los relatos de 733 víctimas, 72 informes presentados por organizaciones de derechos humanos, denuncias de la Fiscalía y versiones entregadas por antiguos integrantes de la guerrilla.

La investigación reconstruyó los hechos ocurridos en territorios donde la presencia del Estado era escasa y donde la justicia ordinaria tuvo dificultades para avanzar debido a las amenazas y asesinatos de funcionarios judiciales.

A partir de ese material, la jurisdicción identificó dos grandes patrones de criminalidad. El primero corresponde al control social y territorial ejercido mediante persecuciones, asesinatos, amenazas, violencia sexual y desplazamientos forzados. El segundo comprende los crímenes cometidos durante las confrontaciones armadas.

Entre los episodios documentados aparecen la toma guerrillera de Chalán y el atentado con un burro bomba en ese municipio de Sucre, en 1996; la masacre de la finca La Duquesa, en Tibú, Catatumbo, en 2004; el atentado contra la caravana del entonces candidato presidencial Álvaro Uribe Vélez, en Barranquilla, en 2002, y el carro bomba contra Caracol Radio, en Bogotá, en 2010.

Por el bloque Magdalena Medio fueron imputados Erasmo Traslaviña Benavides, alias ‘Jimmy Guerrero’; Pedro Trujillo Hernández, alias ‘Alberto Cancharina’, y Jairo Reinaldo Cala Suárez, alias ‘Jairo Quintero’.

Por el bloque Caribe, la decisión cobija a Abelardo Caicedo Colorado, alias ‘Solís Almeida’; Osmany Landero Fajardo, alias ‘Hernando González’; Gilberto de Jesús Giraldo David, alias ‘Aldemar Altamiranda’; Luis Alejandro Cuadras Solórzano, alias ‘Leonardo Muñoz’; Uriel Antonio Oviedo Aldana, alias ‘Mañe’, y Héctor Enrique Hernández López, alias ‘Fabio Borges’.

De acuerdo con la información divulgada por la JEP, de los nueve antiguos mandos regionales, únicamente alias ‘Mañe’ había sido capturado antes de la firma del acuerdo de paz.

Los 11 excomandantes tendrán plazo hasta el 8 de diciembre de 2026 para reconocer por escrito su responsabilidad en los hechos o rechazar las imputaciones formuladas por la Sala de Reconocimiento de Verdad.

Si aceptan los hechos y contribuyen al esclarecimiento de la verdad, podrán participar en una audiencia de reconocimiento y eventualmente recibir sanciones propias de carácter restaurativo, que contemplan restricciones efectivas de derechos y libertades, pero no penas de prisión ordinarias.

En caso de que nieguen su responsabilidad, sus expedientes pasarán a la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP, que podrá llevarlos a juicio. De ser encontrados responsables, podrían enfrentar penas de hasta 20 años de prisión.

Con esta decisión, la jurisdicción busca avanzar en el esclarecimiento de los crímenes atribuidos a las antiguas estructuras guerrilleras, establecer responsabilidades en los niveles de mando y responder a las demandas de verdad y justicia de las víctimas.

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