José Albino Ibagué fue hallado responsable de prevaricato por acción. La Corte concluyó que, mediante una decisión de tutela, permitió reabrir una actuación penal que ya estaba ejecutoriada y habilitó nuevos términos procesales. El jurista es oriundo de Santana, Boyacá, y fue asesor del Gobierno departamental.
La Corte Suprema de Justicia anunció sentido de fallo condenatorio contra José Albino Ibagué, exmagistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá, al encontrarlo responsable del delito de prevaricato por acción.
El caso se remonta a septiembre de 2012, cuando Ibagué intervino en una acción de tutela promovida por la defensa de Carlos Arturo Ramírez, exalcalde de Aguazul, Casanare, quien había sido condenado por los delitos de peculado por apropiación en favor de terceros, interés ilícito en la celebración de contratos y contrato sin cumplimiento de requisitos legales.
La sentencia contra Ramírez ya estaba en firme. La Sala Penal del Tribunal Superior de Yopal había proferido la condena y, posteriormente, la Corte Suprema había inadmitido la demanda de casación presentada contra ella. La actuación penal, por tanto, se encontraba ejecutoriada.
El problema, según estableció la Corte Suprema, se produjo cuando la Sala Jurisdiccional Disciplinaria conoció una tutela presentada por la defensa. El amparo fue negado y la decisión únicamente pidió al Tribunal Superior de Yopal aclarar o corregir algunas inconsistencias de la sentencia, sin ordenar que se reabriera el proceso ni que se habilitaran nuevos términos.
Sin embargo, el 28 de septiembre de 2012, Ibagué expidió un auto mediante el cual ordenó habilitar términos para la intervención de los sujetos procesales.
Para la Corte, esa decisión desbordó el alcance del fallo de tutela y produjo consecuencias jurídicas que no habían sido autorizadas por la Sala. En palabras de los magistrados, Ibagué convirtió un exhorto destinado a corregir aspectos puntuales de una sentencia en una orden que permitió intervenir nuevamente en un proceso penal que ya había terminado.
La actuación tuvo efectos concretos sobre el proceso contra el exalcalde de Aguazul. Al reabrirse la actuación penal, se habilitaron nuevos términos procesales y posteriormente el Tribunal Superior de Yopal adoptó decisiones que incluyeron la cancelación de la orden de captura contra Ramírez, la declaración de prescripción de algunos delitos y la posibilidad de presentar un nuevo recurso de casación.
La Corte consideró que esas consecuencias no podían derivarse de la decisión de tutela, porque la sentencia penal ya había adquirido firmeza.
Los magistrados también descartaron que lo ocurrido pudiera explicarse simplemente como un error de interpretación jurídica. La Sala encontró que Ibagué conocía los límites de la tutela y la situación de la sentencia penal, y que incluso durante las deliberaciones había recibido advertencias sobre las consecuencias de una decisión que afectara su ejecutoria.
Por esa razón, la Corte concluyó que el exmagistrado actuó con conocimiento de la ilegalidad de su decisión y que estaban demostrados los elementos objetivo y subjetivo del delito de prevaricato por acción.
La Sala sostuvo además que la conducta de Ibagué lesionó el bien jurídico de la administración pública, al desconocer principios como la legalidad, la seguridad jurídica, la cosa juzgada y la confianza en la administración de justicia.
El nombre de José Albino Ibagué también tiene una particular resonancia en Boyacá. Aunque ninguno de los hechos que originaron la investigación y la condena ocurrió en el departamento, Ibagué es boyacense. Es oriundo de Santana, municipio del occidente de Boyacá, y desarrolló parte de su trayectoria profesional en el departamento.
En 2004, durante la administración del entonces gobernador Jorge Eduardo Londoño, Ibagué fue vinculado como asesor del despacho del gobernador. Para entonces ya tenía una trayectoria en el campo jurídico y experiencia en diferentes entidades públicas.
Su carrera posteriormente continuó en la academia, el ejercicio del Derecho y la Rama Judicial, hasta llegar a la magistratura del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá, cargo que ocupaba cuando tomó la decisión judicial que ahora le representa una condena penal.
Es así como un abogado de origen boyacense, que en una etapa de su vida profesional hizo parte del Gobierno de Boyacá, termina hoy enfrentando una decisión condenatoria de la Corte Suprema por una actuación realizada en el ejercicio de sus funciones como magistrado en Bogotá.
La Corte anunció el sentido condenatorio del fallo, pero la pena que deberá cumplir Ibagué será determinada en la sentencia correspondiente.
Por ahora, el exmagistrado permanece en libertad. La Sala explicó que no considera necesaria una orden inmediata de captura, debido a que ha comparecido al proceso en libertad. También deberá definirse si tiene derecho a algún subrogado, sustituto o medida relacionada con el cumplimiento de la pena.
El caso, que se originó en una decisión judicial adoptada hace casi 14 años, vuelve a poner sobre la mesa los límites de la acción de tutela frente a procesos penales que ya han adquirido firmeza y las consecuencias que puede tener para un funcionario judicial apartarse de esos límites.











