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Ese fue el principal artículo de la reforma Laboral aprobado hoy en sesiones de la Cámara de Representes. La Ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, dijo que ese es un derecho que los trabajadores recuperan después de 35 años.
La Cámara de Representantes aprobó hoy el artículo 13 de la Reforma Laboral que establece que el recargo nocturno del 35 por ciento deberá pagarse después de las 7 de la noche.
Se modifica de esa manera el artículo 160 del Código Sustantivo del Trabajo, que establecía hasta ahora que el trabajo diurno es el que se realiza entre seis de la mañana y nueve de la noche, mientras que la jornada nocturna va de nueve de la noche a las seis de la mañana del día siguiente.
Según la norma aprobada, el trabajo diurno es el que se realiza en el período comprendido entre las seis de la mañana y las siete de la noche, mientras que el trabajo nocturno será el que se realice entre las siete de la noche y las seis de la mañana del día siguiente.
El Ministerio de Trabajo celebró lo aprobado por la Cámara: “#Atención: Plenaria de la
@CamaraColombia aprueba el artículo 13 de la #Reformalaboral que reglamenta el horario diurno y nocturno”.
Por su parte la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez indicó: “restauramos el derecho del trabajo nocturno a los trabajadores de Colombia, lo que significa un recargo del 35 por ciento por trabajar en las horas de la noche”.
Agregó que “esto hace justicia laboral, fueron 28 años en los que a los trabajadores/as les habían cercenado este derecho».
En la sesión de ayer en la Cámara se aprobaron, además, artículos relacionados con el teletrabajo y los empleos verdes y azules.
Dijo la Ministra que, por ejemplo, se aprobó que haya un auxilio de conectividad para los teletrabajadores, que remplazará al auxilio de transporte.
También dijo que a partir de la promulgación de la Ley los teletrabajadores tendrán que estar protegidos por la ley con todo lo establecido en materia de seguridad social.
Sobre el trabajo nocturno, indicó la Ministra que en Colombia cerca de 1,38 millones de personas trabajan después de las 7 de la noche y que son ellas las que se beneficiarían con la medida.
La Cámara estableció que la entrada en vigencia de esta norma sea seis meses después de que eventualmente se firme e implemente la ley, pues se requiere su reglamentación.
A pesar de este logro para los trabajadores, sectores empresariales, especialmente de la hotelería, gastrobares y el comercio, criticaron la medida, pues consideran que hacer esos pagos les incrementará los costos de operación.
En la jornada de hoy en el Congreso se aprobaron entre otros artículos el número 53 referente a los lineamientos de política pública de trabajo digno y decente para la transición justa y el empleo verde y azul, así como los incentivos para este tipo de empleos y la formación para la promoción de esta categoría de trabajos.
También se aprobó el articulado referente al teletrabajo, el auxilio de conectividad, las garantías laborales, sindicales y de seguridad social para los teletrabajadores y la promoción de las diferentes modalidades de trabajo a distancia.
En este bloque llama la atención la normativa que obligará a las Administradoras de Riesgos Laborales a “garantizar la cobertura respecto de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales de los teletrabajadores transnacionales en el país donde se encuentren prestando el servicio. En este caso podrán contratar seguros adicionales en el extranjero que correrán por cuenta del empleador”.
El estudio del proyecto de Reforma Laboral continuará el lunes de la próxima semana con el debate sobre contratos de aprendizaje, jornales agropecuarios y pago de nocturnos y festivos.