¿Qué democracia es esta que persigue la protesta?

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Por | Manuel Humberto Restrepo Domínguez

El Gobierno, con espíritu revanchista y de censura tiene una posición contraria a derechos, afirmada en el regreso de la seguridad militarizada, el retorno a la guerra y la soberanía en peligro. En este cuadro la protesta pacífica, no cabe y para negarla se la intenta desvirtuar para eliminar su capacidad de interpelación o crítica. En cualquier democracia la protesta social es parte vital del equilibrio político y social y debe ser respetada, atendida, gestionada. El gobierno sin embargo se separa de esta regla democrática y la amenaza, se radicaliza en señalar de manera insistente que los bloqueos y los actos violentos no serán tolerados, saliéndose de la naturaleza pacífica de todo derecho.

     El problema del gobierno sobre la base de recabar en que no tolera la violencia pareciera obsesivo en empujarla para darse la razón y minar la legitimidad del reclamo social.  El gobierno basa sus amenazas en prejuicios, teniendo en cuenta que durante el gobierno anterior no se persiguió, limitó, eliminó, ni reprimió la protesta, en buena medida de eventos conducida por la oposición de entonces hoy en el gobierno. Condenar de antemano el futuro de la protesta contribuye a exacerbar un ánimo hostil, alentado con la retórica, el tono de las intervenciones y la amenaza judicial (que desvirtúa la confrontación política de la democracia) revela la intencionalidad de evitar, impedir y agredir la protesta, olvidando las consecuencias letales ocurrida recientemente con las protestas de 2019 a 2021, que terminaron con varios asesinados, cerca de un centenar de mutilaciones de ojos a jóvenes, cerca de 400 detenciones todavía en examen judicial y violencia sexual, que llevaron a fortalecer protocolos de garantía respeto y protección de la protesta pacífica. El deber de todo Estado en democracia, es aplicar los marcos del derecho internacional de los derechos humanos y las normas constitucionales y legales internas y dar atención acatar prohibiciones como la militarización de la protesta, el  cumplimiento estricto de estándares aplicables al uso de la fuerza en términos de legalidad, necesidad, precaución y proporcionalidad, impedir el uso de armas de fuego como respuesta ordinaria, aunque ocurrieran acciones violentas, y no clasificar como combatientes a quienes protestan, bloquean una vía o cuestionan la capacidad del gobierno, y ante eventuales hechos violentos (tradicionalmente infiltrados para ese fin) abstenerse de atribuir automáticamente esa conducta a todos los participantes.

     El Estado en ejercicio de su capacidad intelectual, racionalidad y sabiduría, tiene la obligación de comprender a fondo la naturaleza de los conflictos sociales expresados mediante la protesta y separarlos de manera tajante de los conflictos armados, de tal manera que en ninguna circunstancia

aunque territorial o temporalmente estos puedan coincidir, se pretenda convertir a los manifestantes civiles en combatientes. La protesta constituye una forma de acción colectiva y de participación social y política mediante la cual personas y comunidades expresan inconformidades, denuncian injusticias y reclaman transformaciones, mientras que el conflicto armado exige la existencia de condiciones objetivas que permitan identificarlo jurídicamente. Confundir ambos fenómenos puede conducir a graves errores de interpretación y llevar al Estado a cometer delitos o ejercer prácticas de terror.

     En cualquier democracia el Estado debe facilitar y proteger el ejercicio de la protesta, prevenir la violencia, proteger a quienes participan y a terceros, y emplear la fuerza solo bajo los límites jurídicos correspondientes. Cuando el Estado desprecia el mandato de respeto por los derechos de la ciudadanía y arremete contra ella para impedir, desarticular o destruir sus formas de lucha civil, entonces le corresponderá al DIH intervenir no como un apéndice aislado, sino como herramienta para tratar de los límites de la militarización, la protección de la población civil y la diferencia entre disenso político y la participación en hostilidades y en ese caso siempre habrá posibilidad para acudir a instancias internacionales a denunciar y promover juicios y castigos por crímenes internacionales.

¿Qué clase de democracia es la que llama a las personas a votar para elegir a sus gobernantes, pero obstaculiza, censura, reprime y convierte en enemigo al que se moviliza para hacerse escuchar? ¿Qué legitimidad puede esperar quien al ser elegido guiado por odios y resentimientos pretende hacer creer que la protesta es lo contrario de la democracia? La protesta es una forma propia de la ciudadanía para defender su existencia y derechos, cuestionar exclusiones o exigir que las promesas de libertad, igualdad y dignidad se conviertan en realidades y que la guerra y el miedo impidan la dignidad.

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