¿Usted tiene o ha tenido una OPS con el Estado?, esto dijo el Consejo de Estado sobre esos contratos

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El Consejo de Estado aclaró que la sentencia de unificación sobre los contratos de prestación de servicios no implica limitación ni desestimula la celebración de este tipo de contratos por parte de las entidades públicas.

Por petición de la Procuraduría General de la Nación, el Consejo de Estado aclaró la sentencia de unificación de jurisprudencia SUJ-025-CE-S2-2021, de 9 de septiembre de 2021, que establece reglas generales para interpretar algunos aspectos esenciales de los contratos de prestación de servicios, cuando encubren relaciones laborales.

La Procuraduría Tercera Delegada ante el Consejo de Estado solicitó al alto tribunal precisar, entre otros aspectos, si en los proyectos de inversión habría que esperar un período de 30 días hábiles, entre cada anualidad, para celebrar con la misma persona el contrato de prestación de servicios, a fin de que no se configure un contrato realidad y se entienda que hay solución de continuidad.

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La Sección Segunda del Consejo de Estado aclaró que la sentencia de unificación sobre los contratos de prestación de servicios no implica limitación ni desestimula la celebración de este tipo de contratos por parte de las entidades públicas.

Agregó que la sentencia de unificación no se refiere a los auténticos contratos de prestación de servicios, sino a aquellos que encubran verdaderas relaciones laborales, en los cuales una entidad suscribe de manera continuada y sucesiva este tipo de contrato con una misma persona natural, en los mismos términos de subordinación y dependencia, dentro de los 30 días hábiles entre una y otra contratación, entendiéndose en tales casos la continuación de una misma relación laboral.

Finalmente, el Consejo de Estado manifestó que “lo que se busca es neutralizar la práctica extendida en algunas entidades de utilizar indebidamente este tipo de contratos para burlar los derechos salariales y prestacionales de quienes, en realidad, más que contratistas autónomos e independientes son verdaderos servidores del Estado”.

Con esta intervención del Ministerio Público se da claridad a la confusión generada frente a la necesidad de revisar los estudios previos de cerca de 588 mil contratos estatales suscritos bajo esta modalidad a nivel nacional durante el 2020, según cifras de Colombia Compra Eficiente.

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