La decisión respondió a una demanda presentada por el Gobierno de Boyacá. El Presidente del Concejo de Paipa aclaró que las inconsistencias detectadas en el acuerdo aprobado en noviembre de 2025 fueron corregidas mediante otro acuerdo expedido en febrero de este año y aseguró que el presupuesto de la actual vigencia se está ejecutando normalmente.
El Tribunal Administrativo de Boyacá declaró la invalidez del Acuerdo No. 021 del 24 de noviembre de 2025, mediante el cual el Concejo Municipal de Paipa expidió el presupuesto general de ingresos, gastos y recursos de capital del municipio para la vigencia fiscal comprendida entre el 1.° de enero y el 31 de diciembre de 2026.
La decisión fue adoptada al resolver una demanda presentada por el Departamento de Boyacá. El fallo fue notificado este jueves a las partes involucradas: la Gobernación de Boyacá, la Alcaldía de Paipa y el Concejo Municipal.
Según la sentencia, durante la elaboración y aprobación del presupuesto se presentaron irregularidades tanto por parte de la Administración Municipal como en el control político que debía ejercer el Concejo al momento de estudiar y aprobar el proyecto.
El Tribunal concluyó que el presupuesto no cumplía con los requisitos legales de desagregación de los ingresos, pues omitía la identificación de recursos provenientes del Sistema General de Participaciones, impuestos, tasas, estampillas y la sobretasa ambiental. Además, el acuerdo incluía una disposición que facultaba al alcalde para modificar el presupuesto, competencia que, de acuerdo con la Constitución y la ley, corresponde al Concejo Municipal.
Para la corporación judicial, esas irregularidades eran suficientes para declarar la invalidez de todo el acuerdo.
En la demanda, la apoderada del Departamento de Boyacá argumentó que el Concejo Municipal incumplió los preceptos constitucionales, legales y reglamentarios aplicables, debido a que el presupuesto de ingresos no satisfacía los lineamientos previstos en el artículo 34 del Estatuto Orgánico del Presupuesto.
Explicó que el documento no discriminaba las diferentes fuentes de financiación del municipio para la vigencia de 2026, pues no identificaba los recursos provenientes del Sistema General de Participaciones ni individualizaba los ingresos por impuestos, tasas y estampillas, lo que impedía establecer con claridad los recursos que recibiría la entidad territorial.
Asimismo, sostuvo que tampoco era posible verificar la destinación de los recursos correspondientes a la sobretasa ambiental, ya que esta no aparecía debidamente incorporada ni en el presupuesto de ingresos ni en el de gastos, situación que, a su juicio, vulneraba el principio de programación presupuestal.
La demanda también cuestionó el artículo 19 del acuerdo, al considerar que desconocía el artículo 345 de la Constitución al autorizar al alcalde para realizar traslados presupuestales, facultad que corresponde al Concejo Municipal.
El presidente del Concejo de Paipa, Juan Pablo Andrade Lee, aseguró a EL DIARIO que las inconsistencias advertidas por el Tribunal ya habían sido corregidas mediante un nuevo acuerdo aprobado en febrero de este año, por lo que la decisión judicial no deja sin efectos el presupuesto que actualmente ejecuta el municipio.
El concejal reconoció que el acuerdo aprobado en noviembre de 2025 presentó errores de forma y algunos vacíos, principalmente porque no se desagregaron ni especificaron varias cuentas durante la sustentación realizada por la Secretaría de Hacienda Municipal.
No obstante, insistió en que esas falencias ya fueron subsanadas y reiteró que el presupuesto de la actual vigencia se encuentra plenamente vigente y cuenta con soporte legal, por lo que, en su concepto, el fallo no tiene los alcances que algunos sectores le han atribuido.










