Con esta Ley se establece el régimen de remuneración de remuneración, de prestaciones y de seguridad social para los miembros de las Asambleas Departamentales.
En alocución presidencial, el jefe de estado, Juan Manuel Santos, sancionó la Ley establece el régimen de remuneración, de prestaciones y de seguridad social para los miembros de las Asambleas Departamentales. En el anuncio estuvieron presentes el presidente de la Cámara de Representantes, Rodrigo Lara, los congresistas ponentes del proyecto, Edison Delgado (Senador) y Álvaro López (Representante), el director ejecutivo de la Federación Nacional de Departamentos, Plinio Olano, entre otros.
“Con esta ley estamos saldando una deuda que tenía el estado colombiano con los miembros de las asambleas departamentales, los diputados venían siendo una especie de ‘informales’ dentro del sector público, no existía una ley que determinará los salarios ni las prestaciones sociales a las que tienen derecho; había una ley para congresistas y concejales, pero no para diputados, y eso lo acabamos de corregir”, indicó el Presidente.
Santos fue el encargado de exponer en que consiste la Ley que acaba de sancionar.
“Esta ley unifica criterios con los cuales las Asambleas deben pagar los salarios y prestaciones de los diputados, así de sencillo. También se les reconoce el acceso a la capacitación, no afecta el presupuesto de los departamentos, ni el de la Nación (…) al reconocer esto estamos llenando un vacío jurídico y somos justos con los asambleístas. Esta ley, además, ratifica que los diputados seguirán sesionando seis meses al año y podrán sesionar dos meses extras, según la convocatoria de los gobernadores”, explicó el Mandatario.
Además de Santos, la Ley la firmó el ministro del Interior, Guillermo Rivera.