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El decreto 249 rige a partir de su publicación y deroga el Decreto No. 454 de fecha 29 de octubre de 2021.
De acuerdo con lo estipulado en el mencionado Acto Administrativo y con base en el análisis hecho por las autoridades competentes, desde la administración municipal liderada por el Alcalde (E ) Jaime Andrés Rúa Zambrano, se determinó que es importante establecer un rango de horario de funcionamiento de establecimientos abiertos al público y de aquellos que transcienden de lo privado a lo público, que permita no sólo el desarrollo de la actividad, sino que garantice el respeto de Derechos fundamentales de los ciudadanos.
A continuación parte de las modificaciones que quedan establecidas en el Decreto, la totalidad del documento puede consultarse en la página web de la alcaldía de Duitama.
• Restaurantes, pizzerías, comidas rápidas y establecimientos de venta de comida en general QUE NO EXPENDAN BEBIDAS ALCOHÓLICAS.
Domingo a Jueves 6:00 a.m. a 01:00 a.m. Del día siguiente.
Viernes – sábados y Pre-festivos 6:00 a.m. a 4:00 a.m. Del día siguiente
• Tiendas, panaderías, Supermercados, Mini mercados, Cafeterías, cafetines, heladerías, salones de onces У similares.
Lunes a Domingo 6:00 am a 10:00 pm.
• Licoreras, cigarrerías y demás establecimientos cuya actividad principal es la VENTA POR VENTANILLA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, sin consumo de ellas dentro del establecimiento o fuera del mismo.
Domingo a Jueves a 8:00 a.m. a 2:00 a.m. Del día siguiente.
Viernes – sábados y Pre-festivos 8:00 am a 3:00 am. Del día siguiente.
• Bares, café bar, cantinas, karaoke galleras, tabernas gastrobares, discotecas y lugares de baile.
Domingo a Jueves 2:00 p.m. a 2:00 a.m. Del día siguiente.
Viernes – sábados y Pre-festivos 2:00 p.m. a 3:00 a.m. Del día siguiente
Para funcionar con horario extendido, se deberá contar con el respectivo permiso expedido por la Secretaría de Gobierno, solicitud que deberá hacerse por escrito con una antelación no menor a cinco (5) hábiles previos a la realización del evento, anexando los documentos establecidos.