La Secretaría de Participación y Democracia de Boyacá anuncia medidas para garantizar la seguridad y transparencia en las elecciones atípicas que se realizarán el 13 de agosto en los dos municipios boyacenses.
En el marco de la sesión de la Comisión Departamental de Coordinación y Procesos Electorales, la Secretaria de Participación y Democracia, Mery Johana González, informó que ya se tiene todo listo para los comicios electores que se adelantarán en el mes de Agosto en Sogamoso y Caldas.
En el caso de Caldas, González manifestó que “el próximo lunes 10 de julio se realizará una reunión ampliada de la Comisión de Coordinación y Seguimiento a Procesos Electorales de la localidad de Caldas, donde se definirán todos los detalles para la elección de nuevo alcalde”.
Para tratar el tema de Sogamoso, también se realizará un encuentro en la ciudad en mención para “disponer los aspectos que se requieran para que los partidarios de la revocatoria del mandato, los que están en contra y los que quieren abstenerse de tomar parte en los comicios, tengan la seguridad de que el proceso de efectúe en completa normalidad”.
La delgada departamental de la Registraduría Nacional del Estado Civil, Clemencia Castellanos, afirmó que en Caldas se instalarán 9 mesas de votación de las cuales 5 estarán en la cabecera municipal y las restantes en los corregimientos de Nariño, El Cubo, Quipe y Chingaguta. El censo electoral de esta jurisdicción es de más de 3.200 ciudadanos.
Castellanos se refirió también al caso de Sogamoso donde indicó que se disponen 203 mesas en los puntos tradicionales para que los más de 91 mil ciudadanos decidan si sale Condía o no.
Por último, se tiene prevista una nueva reunión para el día 19 de julio, donde el Ministerio del Interior mediante una videoconferencia precisará las directrices finales que se deben tener en cuenta para las elecciones.
POR QUE LOS SOGAMOSEÑOS DEBEMOS ACUDIR A LAS URNAS ESTE 13 DE AGOSTO
En la ciudad de Sogamoso un grupo de ciudadanos adelanta el proceso de revocatoria del mandato del Alcalde Sandro Néstor Condia Pérez, este proceso fue avalado por la Registraduría Nacional del Estado Civil y se encuentra en la etapa de convocatoria de votaciones para decidir el destino del mandatario.
La revocatoria del mandato no la debemos ver como una herramienta que sirve para sacar al alcalde de turno, sino como un instrumento de evaluación de los ciudadanos con la administración municipal, es esta la oportunidad que tanto hemos reclamado para determinar si la persona que elegimos para que administre los recursos del municipio está realizando su trabajo de una forma adecuada buscando el bienestar de los habitantes, o si por el contrario es el momento de buscar un nuevo administrador que re-direccione de forma correcta el desarrollo del municipio.
Los gobernantes no deben tener miedo a los procesos democráticos puesto que es esta la forma en la cual ellos han llegado a ocupar los cargos en los cuales nos están representando, por el contrario deberían promover la participación ciudadana y que sean los mismos ciudadanos que los eligieron quienes sirvan para realizar un control social y decidir si el funcionario está cumpliendo con lo prometido en la campaña que lo llevo a regir el destino del municipio.
La constitución política de Colombia de 1991 nos brinda una serie de mecanismos de participación, los cuales están expuestos en el artículo 103: “Son mecanismos de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato. La ley los reglamentará. El Estado contribuirá a la organización, promoción y capacitación de las asociaciones profesionales, cívicas, sindicales, comunitarias, juveniles, benéficas o de utilidad común no gubernamentales, sin detrimento de su autonomía con el objeto de que constituyan mecanismos democráticos de representación en las diferentes instancias de participación, concertación, control y vigilancia de la gestión pública que se establezcan.” Estos mecanismos de participación están reglamentados por la ley 134 de 1994.
Por esta razón cada uno de los ciudadanos habilitados para ejercer el derecho al voto debemos asistir a las urnas el próximo 13 de agosto, y en forma imparcial decidir el destino de nuestro bello municipio.
Nelson Enrique Porras Castro
Habitante de Sogamoso