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La Gobernación de Boyacá y la Secretaría de Educación dieron a conocer orientaciones preliminares para la ejecución del PAE 2025. Se trata de una serie de recomendaciones para garantizar un óptimo inicio de operación del servicio.
En aras de brindar un complemento alimentario en adecuadas condiciones sanitarias y continuar fortaleciendo el servicio acorde con lo establecido en los lineamientos técnicos – administrativos, los estándares y las condiciones mínimas del Programa de Alimentación de Escolar (PAE), la Gobernación de Boyacá y la Secretaría de Educación departamental invitan a todos los actores del PAE a participar activamente y garantizar de manera coordinada un óptimo inicio de operación del servicio de alimentación escolar para la vigencia 2025.
Por lo anterior, Eddye Yarik Reyes Grisales, secretario de Educación de Boyacá, dio a conocer a los alcaldes y supervisores municipales la Circular 02 del 10 de enero de 2025, por medio de la cual se proporcionan una serie de orientaciones preliminares para la ejecución del PAE este año.
En la circular se especifica que la Gobernación de Boyacá en el año 2024, suscribió convenios interadministrativos con cada uno de los 120 municipios no certificados del departamento, con un plazo de ejecución de 101 días calendario escolar, financiados con recursos del Presupuesto General de la Nación (PGN) que fueron asignados por la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar – Alimentos para Aprender (UApA) y los municipios.
Estas son las recomendaciones para el funcionamiento del Programa de Alimentación Escolar tendientes a brindar un complemento inocuo y de calidad:
● Garantizar las condiciones higiénico – sanitarias requeridas para el suministro de los diferentes complementos en los restaurantes escolares, lo anterior teniendo en cuenta aspectos relacionados con infraestructura, equipos, utensilios y control físico y químico de plagas (cuando aplique).
● Construir o actualizar el Diagnóstico Situacional Integral de Condiciones Operativas (DACO) para la vigencia 2025. Verificar la correcta implementación de planes como el plan de saneamiento y que sigan las directrices y normativas locales y/o nacionales pertinentes.
● Garantizar que el restaurante escolar cuente con los servicios públicos distribuidos por red, tales como: agua potable, luz y gas.
● Realizar en cada vigencia un diagnóstico situacional de infraestructura, equipos y menaje en el formato establecido por la (UApA) de todas las instituciones educativas y sus sedes antes de iniciar la operación del Programa de Alimentación Escolar y ser enviado a la oficina del PAE.
● Realizar la selección y contratar un operador que cumpla con todos los requerimientos exigidos en los lineamientos técnico administrativos de PAE descritos en la Resolución 335 de 2021 de la (UApA), teniendo en cuenta que, en caso de inconvenientes con dicho proceso, se deberán buscar las alternativas legales viables para poder garantizar el complemento alimentario a los estudiantes.
● Incentivar para que, dentro de la contratación del personal manipulador, se incluya a los padres de familia de los beneficiarios en un porcentaje no menor al 20% de este grupo, priorizando aquellos que sean cabeza de familia y atendiendo a las directrices de la Ley 2042 de 2020.
● Verificar que los operadores contratados presenten oportunamente los documentos de la fase de alistamiento (plan de saneamiento de restaurante escolar y bodega de almacenamiento; plan de rutas de distribución; relación de equipos y utensilios; plan de mantenimiento y reposición de equipos; plan de capacitación; plan de muestreo microbiológico; relación de personal manipulador y proveedores) al equipo PAE para su respectiva revisión y aprobación. Lo anterior en un periodo no superior a 10 días a partir de la firma del contrato. Una vez aprobada, realizar el respectivo seguimiento a su implementación.
● El operador, junto con el personal manipulador contratado, deberá realizar jornada de limpieza y desinfección en cada una de las unidades aplicativas antes del inicio del servicio de alimentación escolar.
● Convocar a un primer Comité de Seguimiento Operativo Municipal al inicio de operación y continuar su periodicidad cuando se requiera.
● Priorizar el procedimiento de lavado y desinfección de los tanques de almacenamiento de agua con una periodicidad semestral para el consumo humano de las unidades aplicativas, teniendo en cuenta que sean en material sanitario y acorde a lo descrito en el Decreto 1575 de 2007, emitido por el Ministerio de Salud y Protección Social (MSPS), por medio del cual se establece el Sistema para la Protección y Control de la Calidad del Agua para Consumo Humano.
● Implementar las minutas y ciclo de menús establecidos por el departamento de Boyacá y solicitar al equipo PAE, por escrito, los intercambios que se lleguen a requerir con la debida justificación de los mismos, de acuerdo con el tiempo establecido (cinco días de anticipación), según la Resolución 00335 de 2021.
● Promover la conformación de las veedurías ciudadanas en conjunto con la Personería Municipal. Es de anotar que el PAE tendrá vigilancia de la comunidad educativa, preferiblemente de las asociaciones de padres de familia y de los docentes que hacen parte de la institución educativa, teniendo en cuenta lo establecido en la Ley 2042 de 2020.
● Hasta el 28 de febrero del año en curso se tendrá en cuenta el pago de las raciones de acuerdo con la certificación de rectores de las instituciones educativas oficiales del departamento.
● Informar al departamento oportunamente al momento de presentarse contingencias imprevisibles como, por ejemplo, demoras en nombramiento oportuno de docentes, actividades sindicales y paros del magisterio; licencias e incapacidades de docentes; falta de oferta de personal (manipuladoras de alimentos); actividades extracurriculares, entre otras, situaciones que impiden la prestación del servicio en los términos pactados, con el objeto de tomar las medidas pertinentes.
Canales de atención
Los canales de atención para la presentación de felicitaciones, peticiones, inconformidades, quejas o reclamos, se pueden hacer a través de los siguientes medios:
– Correo Institucional PAE: pae@sedboyaca.gov.co
– Sistema de Atención al Ciudadano de la Secretaría de Educación de Boyacá o en las redes sociales:
Facebook: @PAlimentarioBoyaca
Twitter: @PAlimentarioBoy
Lo anterior reitera el compromiso que tienen el gobernador Carlos Amaya Rodríguez; el secretario de Educación, Eddye Yarik Reyes Grisales, y el subdirector Técnico del Programa, Óscar Iván Carrillo Gómez, con los estudiantes del departamento para brindar alimentación escolar, bajo unas orientaciones claras que garanticen las condiciones requeridas para el suministro de un complemento alimentario que no ponga en riesgo la salud y la integridad de los estudiantes, que fortalezca su acceso y permanencia, y se fomenten hábitos saludables en las instituciones educativas oficiales.