Dado que el Tribunal Administrativo ya se había pronunciado respecto a este caso, solicitando una serie de medidas a Nikoil Energy, y asumiendo que esta no las ha implementado, la Procuraduría Regional ha solicitado el inicio del trámite.
El pasado 25 de noviembre de 2020 el Tribunal Administrativo de Boyacá falló solicitando medida cautelar para que la empresa Nikoil Energy emprendiera una serie de acciones con el ánimo de preservar el cuidado del ecosistema en la vereda Horizonte, del municipio de San Luis de Gaceno, donde se venía presentando un inminente daño ambiental.
En ese entonces el Tribunal requirió a la mencionada empresa para que estableciera una red de monitoreo de aguas superficiales que incluyera al menos tres puntos de medición de plataformas de los pozos y de los afloramientos, en línea recta y aguas debajo de la citada plataforma.
Igualmente le solicitó realizar vigilancia a los sitios de afloramiento, con la intención de mantener monitoreadas las condiciones ambientales físicas y bióticas, y así poder tomar medidas de control en caso de perturbación.
Se le pidió también la realización de un estudio hidrogeológico para establecer la procedencia de filtraciones, con el fin de establecer posibles riesgos para la zona. Se le ordenó aislar las zonas de afloramiento de una forma técnica e idónea.
También se le exigió revisar el tanque de almacenamiento diésel, para así establecer si tenía algún tipo de filtración o fuga, y en caso de tenerlas, repararlas.
Dado que no se ha dado cumplimiento a estas solicitudes, la Procuraduría Judicial I Ambiental y Agraria Tunja ha compulsado copias a la Procuraduría General de la Nación, para que así se dé inicio al trámite de incidente de desacato, que en este caso recaería sobre la empresa Nikoil Energy y contra el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.