La Procuraduría General de la Nación sancionó con suspensión de 12 meses al exalcalde de Tenza, Boyacá, Jorge Vidal Martín Martín (2012-2015), y sancionó con destitución e inhabilidad general de 10 años y dos meses al exsecretario de planeación e infraestructura del municipio, Julio Cesar Cifuentes Rojas (2014-2016), por irregularidades contractuales.
En fallo de primera instancia, la Provincial de Guateque determinó que el exalcalde incurrió en falta disciplinaria al omitir velar porque el secretario de planeación e infraestructura elaborará de forma completa los estudios y diseños previos sobre el Proyecto “Conjunto Residencial San Martín” lo que permite inferir una inobservancia a las actividades de planeación contractual.
Adicionalmente, la PGN le endilgó cargos a Martín Martín por participar en la etapa precontractual con desconocimiento de los principios que regulan la contratación estatal y la función administrativa, entre otras razones, por abrir convocatorias públicas sin que estuvieran elaborados de forma completa los diseños, estudios, planos y demás documentos necesarios para el desarrollo de un proceso contractual.
Por los mismos hechos, el ente de control estableció que el exsecretario de planeación e infraestructura celebró contrato estatal con omisión de los estudios técnicos previos requeridos para su ejecución, al omitir la elaboración en forma completa de los estudios y diseños hidráulicos, sanitarios, eléctricos y de gases, así como la licencia para la construcción de las viviendas urbanas del proyecto mencionado.
Por lo anterior, se estableció que los disciplinados vulneraron, entre otros principios, el de economía al no verificar la planeación eficiente del proyecto en cuanto al desarrollo de los estudios y diseños previos para la referida obra con el fin de determinar el alcance, el presupuesto y el plazo de ejecución.
El Ministerio Público calificó las faltas de Martín Martín como graves a título de culpa grave y la de Cifuentes Rojas como gravísima a título de culpa grave. La decisión quedó en firme el 28 de abril de 2021, toda vez que ni los disciplinados, ni su defensor de oficio, apelaron la decisión.