El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, emitió un proyecto de decreto , para comentarios, “Por el cual modifica los plazos para declarar y pagar los impuestos del orden nacional por las MYPIMES para el año 2021”.
Las personas jurídicas, clasificadas por ingresos como micro y pequeñas empresas, deberán pagar las cuotas de la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable 2020 atendiendo al último dígito del Número de Identificación Tributaria -NIT, sin tener en cuenta el dígito de verificación.
La modificación propuesta deriva de las afectaciones como consecuencia de la pandemia derivada del Covid-19, aún persisten situaciones propias de la coyuntura que continúan afectando el normal desarrollo de las actividades económicas de las empresas y al comparar la información de los ingresos brutos de las declaraciones del impuesto sobre las ventas -IVA presentadas en el año 2020, con las presentadas en el año 2019 por las microempresas se observa que estas llegaron a tener caídas en sus ingresos de hasta el (-16,1%) en el sector servicios, (-7,1%) en comercio y (-9,9%) en industria.
Las pequeñas empresas presentaron caídas en sus ingresos de hasta (-13,1%) en el sector servicios, (-4,9%) comercio y (-5,3%) en industria y si bien se observa una leve recuperación en los últimos bimestres de 2020, aún se evidencian tasas de crecimiento negativas.
Puede realizar comentarios a este proyecto de decreto hasta el 17 de marzo de 2021 a través de este enlace.
Vea acá el Proyecto de Decreto
Primera cuota
Segunda cuota