Estas medidas irán hasta cuando finalice el proceso administrativo sancionatorio.
Después de realizar una visita de carácter específico sin previo aviso a las instalaciones de Caracol, Primera Cadena Radial Colombiana S.A., inspectores de la Dirección Territorial de Bogotá del Ministerio del Trabajo, le impusieron medidas preventivas.
En el marco del registro y al hacer validación de los documentos se encontró que la empresa presuntamente ha violado lo dispuesto en el artículo 25 del Decreto 2351, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 1373, no garantizando el fuero circunstancial para las y los trabajadores sindicalizados del Sindicato Nacional de Trabajadores de Caracol S.A. Sintracaracol. Ante esta situación, se adoptaron medidas preventivas para proteger los derechos de las y los trabajadores de Caracol S.A., comunicadas al empleador y a las organizaciones sindicales.
Entre lo dispuesto por la cartera laboral está: abstenerse de efectuar la terminación de los contratos individuales de trabajo sin justa causa, acuerdo de retiro voluntario y/o figuras análogas incluidas aquellas que se encuentren en curso de ser notificadas a las y los trabajadores hasta tanto exista acto administrativo debidamente ejecutoriado que resuelva el correspondiente proceso administrativo sancionatorio.
De otra parte, abstenerse de ejecutar cualquier acto atentatorio contra la libertad sindical del Sindicato Nacional de Trabajadores de Caracol S.A. garantizando de manera efectiva el fuero circunstancial de las y los trabajadores sindicalizados en el marco de la negociación colectiva.












