El Ministerio de Educación Nacional expidió una resolución mediante la cual reconoce un permiso remunerado y la posibilidad de trabajo en casa para mujeres y personas menstruantes que presenten afectaciones asociadas a su ciclo menstrual. La medida hace parte de un enfoque de bienestar laboral y equidad de género dentro de la entidad.
Un día de permiso sin requisito médico
La norma establece que las servidoras públicas podrán acceder a un (1) día de permiso remunerado por mes calendario, sin necesidad de presentar una certificación médica previa. Esta decisión busca reconocer las molestias físicas y emocionales que pueden presentarse durante el ciclo menstrual, sin imponer barreras administrativas.
Adicionalmente, quienes lo requieran podrán solicitar hasta dos (2) días consecutivos de trabajo en casa posteriores al permiso, como parte del proceso de recuperación. En algunos casos, la modalidad de trabajo remoto podrá extenderse entre uno (1) y tres (3) días por periodo menstrual, según la necesidad de la persona.
Hasta dos días con soporte médico
Para casos en los que existan condiciones de salud diagnosticadas —como endometriosis, síndrome de ovario poliquístico o dismenorrea severa— la resolución contempla la posibilidad de acceder hasta a dos (2) días de permiso remunerado por mes. En estos escenarios, sí será necesario presentar un certificado médico expedido por la EPS o IPS correspondiente.
Procedimiento y garantías
La solicitud deberá realizarse ante la Subdirección de Talento Humano, con el visto bueno del jefe inmediato, y podrá tramitarse una vez por vigencia anual para cubrir los diferentes periodos menstruales. La fecha específica de cada permiso deberá informarse oportunamente.
La resolución enfatiza que las solicitudes no podrán ser negadas por criterios subjetivos ni valoraciones personales. Asimismo, se establece que no se podrán exigir detalles adicionales que vulneren la intimidad de las solicitantes.
No es incapacidad médica
El documento aclara que este permiso tiene una naturaleza administrativa especial y no constituye una incapacidad médica, por lo que no genera efectos en el sistema de seguridad social en salud. Tampoco es acumulable ni intercambiable con otros tipos de licencia.
Protección de datos y confidencialidad
Otro de los puntos clave es la protección de la información. La entidad deberá garantizar el tratamiento confidencial de los datos relacionados con la salud, en cumplimiento de la normativa vigente sobre protección de datos personales.
Un avance en derechos laborales
La medida responde a compromisos adquiridos en negociación colectiva con el sindicato del Ministerio y se enmarca en políticas nacionales que reconocen la salud menstrual como un asunto de derechos humanos, salud pública y equidad de género.
Con esta resolución, el Ministerio de Educación se suma a una tendencia internacional que busca adaptar las condiciones laborales a realidades biológicas históricamente invisibilizadas, promoviendo entornos de trabajo más dignos e incluyentes.










