El mandatario pretendía la nulidad absoluta del contrato 2302 del 6 de diciembre de 2022, que es el que le pudo haber generado la inhabilidad para ser elegido. Dicen los expertos que es un recurso de última hora ante el fallo del Consejo de Estado que se debe producir en cualquier momento.
Una demanda presentada por el alcalde de Tunja, Mikhail Krasnov, en contra de la UPTC para que se declarara la nulidad de un contrato firmado por él fue inadmitida, por errores de forma.
En un fallo conocido en las últimas horas se indica que, si bien el demandante concurrió al proceso mediante abogado inscrito, no se allegó poder alguno. Al respecto, recordó que el artículo 160 del CPACA señala que quienes comparezcan al proceso deberán hacerlo a través de apoderado, mediante poder debidamente otorgado.
Igualmente indica que no se agotó requisito de procedibilidad ante el Ministerio Público, el cual, conforme a lo previsto en el artículo 161.1 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, CPACA, es obligatorio en el medio de control de controversias contractuales.
Y, finalmente, señala que no se allegaron las pruebas señaladas en el libelo de demanda, entre estas el contrato demandado, el cual señala la demanda se firmó el 6 de diciembre de 2022. “De tal modo que no fue posible establecer la fecha de su inició, su ejecución y si había lugar a liquidarlo; por lo cual no fue posible establecer si había o no caducidad.
Por esa razón el Juzgado Trece Administrativo del Circuito Judicial de Tunja inadmitió la demanda que interpuso Krasnov, contra la UPTC.
El contrato en mención es la prueba principal de la demanda que contra su acto de elección como alcalde de Tunja.
Todo indica que, además de la existencia del contrato con la UPTC que le estaría generando la inhabilidad, Krasnov no ha sido muy afortunado en la escogencia de abogado o abogados para que lo defiendan.