Así lo determinó en fallo en segunda instancia el Tribunal Administrativo de Boyacá.
Tanto municipio como empresas particulares tendrán que reparar la malla vial del casco urbano guatecano, por haber omitido el control de tráfico de carga pesada. Además, se vulneró el derecho o interés colectivo al uso y goce del espacio público.
Pese a la prohibición que hace el artículo 5º del Decreto No. 007 de 17 de marzo de 2007, las empresas Gravas y Transportes LTDA, Trituraciones y Obras civiles LTDA-TROC y una a nombre de José Moisés Barreto Rubiano, transportaban pétreo por las calles y carreras guatecanas.
Según el Tribunal, tal omisión, produjo el deterioro de la carrera 6 con calle 6 a carrera 8 hasta llegar al terminal de transportes y la vía que va desde el Colegio Nacional Enrique Olaya Herrera, carreras 5 y 6 cabecera de la Plaza de Mercado a llegar a Terpel. Esta afectación todavía persiste.
En vista de esta problemática, el municipio procederá a su reparación y se dispone de un plazo de ejecución de 6 de meses.
En cuanto a las empresas, la Sala afirmó que “tendrán que reparar las vías del orden nacional como lo son la malla vial de la calle 14 entre carreras 5 y 6, en un plazo no mayor a 6 meses, en asocio con las entidades administradoras a cargo de las vías señaladas”.
Sumado a esto, el TAB determinó que “dichas empresas deberían proceder al pago por partes iguales, a favor del Municipio de Guateque, de la suma de $20.000.000 mensuales, en el periodo comprendido entre el mes de febrero de 2007 y el mes de agosto de 2008 inclusive”.