Evaluación de las tarifas de energía

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Por | Jorge Venencia Villate / Consultor

Luego del anuncio hecho por el Ministerio de Minas y Energía sobre el pacto por la justicia tarifaria, que incluiría además de los comercializadores, distribuidores y transmisores, a los actores de la cadena de producción de generación de energía eléctrica con el fin de reducir las tarifas, el pasado 12 de octubre se dieron a conocer los resultados de la primera etapa, producto de acuerdos logrados auspiciados por el gobierno nacional, por parte de transportadores, distribuidores y comercializadores del sector eléctrico. Redundante, pero necesario, hay que aclarar que los generadores son comercializadores y atienden a otros comercializadores para demanda regulada, y mayormente a usuarios no regulados directamente. Si bien, la información de sus resultados del proceso fue precaria, y solo se anunció que a este pacto se unieron cerca de 82 empresas del sector, se aclaró que se sumaron de manera voluntaria con el fin de lograr una reducción en las tarifas.

Como lo manifestó el gobierno nacional, esta esperada reducción es el resultado que se pudiera producir por medio de básicamente dos mecanismos, el primero, como medida a corto plazo, a través de la renegociación de manera voluntaria por parte de las empresas comercializadoras- generadoras, y el acogimiento a los propuesto por la CREG para empresas transportadoras, distribuidoras y comercializadoras de los cargos tarifarios y en los precios de los contratos de energía ya existentes. La variable ajustada en este caso, como mecanismo o medida a mediano plazo, buscaba modificar el indexador que actualiza el precio de los componentes del costo unitario de energía tomando como base el indexador IPP de finales de 2020 o el menor índice entre el Índice de Precios de Consumidor IPC y el índice de Precios de Productor IPP, o cualquier otra alternativa, supuestamente mejor, buscando de esta manera reducir un poco el impacto de la inflación al mediano plazo.

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Aunque la regulación solo habría un espacio de acuerdo, no actuó directamente en ninguna variable o componente de manera directa y clara, generó una amplia expectativa que de ser aplicada en cada uno de los componentes y de la manera sugerida habría alcanzado valores de disminución al menos de entre 18% al 20% para toda la demanda, en un contexto de incrementos cercanos al 48% por indexación en el mismo periodo.

Según el ministerio, en esta primera etapa se lograron renegociar 952 contratos de los cuales el 46% pertenece al mercado no regulado y con esto se atendería la corrección sobre la inequidad que se venía presentando, un aumento significativo en las tarifas de energía. Los resultados en términos de número de contratos ajustados, no indica para nada el éxito de la sugerida negociación, porque en realidad, no se ajustaron significativamente, ni los precios base, ni el indexador a mediano plazo, ni el tiempo suficiente para lograr un cambio. Sin justificación se excluyó de la medida los contratos de largo plazo de FERNC, y aplicaba supuestamente a todos los demás contratos que benefician a todos los sectores del SIN. Sin embargo, es claro enfatizar en que estas medidas para los usuarios No Regulados no pasaron de ajustes entre el 0,5% y cerca del 1% y no son el gran cambio que necesita la totalidad del mercado. Es necesario y evidente que se requiere regulación por parte del estado, tomar acción y ejercer una responsabilidad regulatoria para tomar decisiones que impacten en eficiencia, disponibilidad y oportunidad los precios y cargos tarifarios de manera integral con cumplimiento a la ley.

De igual manera el gobierno nacional manifestó que se espera que las tarifas se reduzcan entre un 4 y 8%, esto en relación con los Usuarios Regulados, cifra muy inferior a la mínima esperada como ya se anotó.

Siendo este un escenario muy limitado y que no refleja la solución que necesita el mercado, que en concreto esperaría una reducción equiparable al incremento de ingresos de los prestadores por este solo efecto de indexación. Seguimos a la espera de la definición clara y rápida del indexador sectorial y los demás ajustes posibles en los diferentes componentes del CU, que no debe estar sujeto a acuerdos sino al cumplimiento de los criterios tarifarios de la ley y a la actuación de la CREG y de la SSPD.

En resumen, los ajustes propuestos en generación a los UNR fueron limitados en impacto y tiempo, solo ajustando el indexador por cerca de pocos meses, para ser retomado inmediatamente, sin un cambio estructural, que para esta demanda industrial solo representa para los meses de octubre, noviembre y diciembre una disminución marginal entre 1.4 $/kwh a 5.8 $/kwh en el mejor de los casos, cuando por IPP el incremento promedio para el año es de cerca de 55$/kwh.

Claramente ya partir de los resultados, el efecto de estas resoluciones fue prácticamente inocuo y sí generó una expectativa sin cumplimiento, dañina para la confianza de la demanda en el sector. El efecto real se debió más a la acción de los transportadores en todo el mercado, y de algunos distribuidores para algunos tipos de usuarios y en algunos mercados específicos, por solo un periodo anual.

Colombia cuenta con un sistema hidrotérmico donde el componente hidráulico predomina en un 70% sobre el recurso térmico y las demás fuentes de energía; por esta razón, y, con un fenómeno de la niña todo un año y los embalses en un 90% no es posible que continuemos pagando unas exageradas tarifas de energía y la creg no regule al sector de acuerdo con las condiciones ambientales y de generación de la energía en Colombia , la otra situación es que cada empresa de servicios públicos debería tener en su junta directiva un ciudadano que represente a la ciudadanía serían cambios estructurales en el gobierno que nos prometieron vivir sabroso.

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