Consejo Departamental para la Gestión del Riesgo de Desastres dio a conocer los lineamientos que deben seguir Alcaldías, Consejos Municipales para la Gestión del Riesgo de Desastres, Corporaciones Autónomas Regionales, Empresas de Servicios Públicos y comunidad en general.
El director del Consejo Departamental para la Gestión del Riesgo de Desastres, CDGRD, Germán Bermúdez, dio a conocer la circular de la dirección nacional que indica, entre otros aspectos, que “las entidades territoriales y del orden nacional deben garantizar la debida gestión del riesgo de desastres en sus jurisdicciones con el objetivo de velar por la vida y los bienes de los habitantes del territorio nacional”.
Bermúdez también indicó que la Procuraduría General de la Nación advirtió, en particular, que las autoridades nacionales, municipales, distritales y departamentales deben cumplir con su obligación de:
- Convocar periódicamente a sus consejos territoriales de gestión del riesgo de desastres con el objetivo de evaluar los riesgos y alertas generadas por las entidades operativas del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SNGRD).
- Fortalecer sus organismos de socorro.
- Apropiar los recursos necesarios para la financiación de los procesos de conocimiento, mitigación del riesgo y atención de las emergencias, a través de los fondos territoriales de acuerdo con los niveles de riesgo identificados en sus estudios básicos y detallados.
- Establecer las acciones de mitigación del riesgo necesarias ligadas al ordenamiento territorial que permitan evitar desastres y afrontar las emergencias de manera eficiente y oportuna.
- Realizar, en caso de una emergencia, la evaluación de daños y análisis de necesidades y el Registro Único de Damnificados, con el fin de evaluar la capacidad del municipio o distrito para afrontar la situación o activar el apoyo requerido al departamento o la nación.
- Gestionar, en caso de que sea necesario y bajo los lineamientos de la Ley 1523 de 2012, el apoyo de la nación para los procesos de conocimiento y mitigación del riesgo y la atención de los desastres.
Adicionalmente, afirmó que se deben tener en cuenta las siguientes recomendaciones con respecto de eventos asociados a la temporada de lluvias:
- Inundaciones: se recomienda monitoreo continuo de los niveles de los ríos y quebradas.
- Avenidas torrenciales: es necesario mantener el monitoreo constante, dado que el ascenso de los niveles de las quebradas y ríos puede ser súbito, dependiendo de la intensidad que presenten las lluvias; especialmente en zonas de montaña.
- Movimientos en masa: la saturación de terrenos producto de la presencia de lluvias puede generar inestabilidades en los taludes, por lo que se recomienda realizar actividades de monitoreo continuo, especialmente en aquellas zonas que se hayan identificado históricamente con esta problemática.
- Vendavales: se asocian a cambios bruscos de temperatura, ocurren principalmente después de un día caluroso que es interrumpido por nubes de gran tamaño y lluvias. Son recurrentes en el trópico y se presentan cuando hay una transición entre un período seco y un período húmedo. En la fase de preparación se recomienda identificar las infraestructuras que requieren ser aseguradas, así como limpieza de canales.
- Tormentas eléctricas: se caracteriza por la aparición de rayos y el sonido de truenos. La intensa humedad hace que el ambiente se torne inestable, situación que desencadena las tormentas. En la fase de preparación se recomienda revisar temas de pararrayos.
- Granizadas: es un tipo de precipitación de partículas irregulares de hielo. Se forma en la niebla. Está asociada a las condiciones atmosféricas que afectan la visibilidad a menos de 1 kilómetro en las carreteras, generando mayor probabilidad de accidentes de tránsito. Se recomienda identificar a nivel departamental tramos de mayor accidentalidad vial y poner en marcha medidas de prevención para la seguridad vial.
*Con información suministrada por Unidad Administrativa de Comunicaciones y Protocolo / Uacp / Gobernación de Boyacá.