EL SUBDIRECTOR DE MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA AMBIENTAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 72 DE LA LEY 99 DE 1993, EL DECRETO 376 DEL 11 DE MARZO DE 2020, LAS RESOLUCIONES 1957 DEL 5 DE NOVIEMBRE DE 2021 y 2667 DEL 8 DE NOVIEMBRE DE 2022 Y DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL DECRETO ÚNICO REGLAMENTARIO DEL SECTOR AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE 1076 DEL 26 DE MAYO DE 2015,