Director de Colombia Compra Eficiente hace un llamado a empresas contratistas a garantizar la estabilidad de las condiciones salariales de los trabajadores.
El funcionario enfatizó que una de las condiciones que deben cumplir las empresas contratistas en el sector público es la garantía de cumplimiento de los derechos de sus trabajadores, así como de las normas que rigen en el Sistema de Seguridad Social.
Con ocasión de la anunciada suspensión del decreto que fija el salario mínimo vital, el director de la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, Cristóbal Padilla, exhorta a las empresas que proveen de servicios y suministros al Estado, que se respeten los derechos adquiridos de sus trabajadores en materia de salario mínimo vital.
“La orientación desde el Gobierno del presidente, Gustavo Petro, es la preservar el concepto de salario vital, consagrado en la Constitución en su artículo 53 y que consagra el derecho a una remuneración mínima, vital y móvil. Este principio establece que el salario debe ajustarse para garantizar condiciones de vida dignas, cubriendo la canasta familiar”, afirmó el director de la Agencia.
En ese sentido, cabe recordar que una de las condiciones que deben cumplir las empresas contratistas en el sector público es la garantía de cumplimiento de los derechos de sus trabajadores, así como de las normas que rigen en el Sistema de Seguridad Social.
Resulta pertinente recordarles a los empresarios contratistas del Estado que el salario mínimo vigente en Colombia es el que se estableció en el decreto 1469 de diciembre de 2025, tasado en $2.000.000 mensuales. Esta asignación se mantiene vigente, mientras el Gobierno Nacional expida un nuevo decreto, atendiendo la solicitud del Consejo de Estado, por tanto, cualquier modificación que desmejore dicho ingreso mensual, iría en contravía del principio de legalidad y de las garantías que protegen a los trabajadores en la legislación laboral colombiana.
Sobre este respecto también hay jurisprudencia, como la sentencia C815 de 1999, en la que la Corte Constitucional establece que el “Gobierno está obligado a velar por que el salario mantenga su poder adquisitivo, de tal forma que garantice el mínimo vital y móvil a los trabajadores y a quienes de ellos dependen”.
Cabe recordar que la contratación pública es uno de los motores que impulsa la economía del país. Se calcula que este renglón representa entre el 10 al 17% del Producto Interno Bruto (PIB).












