El ajuste de las medidas de compensación busca resarcir y retribuir a las comunidades, regiones, localidades y al entorno natural, por los impactos ocasionados por un proyecto, obra o actividad. A manera de ejemplo: si anteriormente un industrial beneficiado con una concesión de agua de un (1) litro por segundo tenía que plantar alrededor de 400 árboles, ahora tendrá que plantar una cantidad 25 veces mayor. “Es la única forma de garantizar la sostenibilidad de los recursos naturales en nuestra jurisdicción, más teniendo en cuenta los efectos del cambio climático y la vulnerabilidad que tenemos en el territorio CAR”: Director General.
La Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR definió nuevas metodologías para la imposición, seguimiento y cumplimiento de las compensaciones ambientales que deberán realizar las personas naturales o jurídicas, que, en desarrollo de una obra o proyecto autorizado por la entidad, no pudieron evitar, corregir o mitigar los impactos sobre los recursos naturales renovables.
Así lo anunció el director general de la CAR, Alfred Ignacio Ballesteros al explicar el alcance de la Resolución 284 del 25 de julio de 2025, a través de la cual la autoridad ambiental robustece las compensaciones que deberán realizar en lo sucesivo, quienes tramiten una licencia, permiso o solicitud de concesión de agua, entre otras, para el desarrollo de una actividad que genere impactos sobre los recursos naturales renovables.
También aplica para aquellos proyectos amparados por un plan de manejo ambiental, el aprovechamiento con fines comerciales de una plantación forestal, la construcción de obras hidráulicas y de ocupación de cauces, así como permisos de sustracción de áreas entre otros.
Si bien antes de la citada resolución ya existía la figura de las compensaciones, con esta resolución se incrementan las medidas para resarcir y retribuir a las comunidades, las regiones, localidades y al entorno natural por los impactos ocasionados por un proyecto, obra o actividad.
“A manera de ejemplo: si anteriormente un industrial beneficiado con una concesión de agua de un (1) litro por segundo tenía que plantar alrededor de 400 árboles, ahora tendrá que plantar una cantidad 25 veces mayor”, explicó el director de la CAR y agregó que, quienes por una concesión similar debían adquirir una hectárea y dedicarla a la conservación, ahora tendrán que adquirir 20 veces más área.
Ballesteros fue claro en señalar que no se trata de entregarle recursos a la CAR sino de ejecutar acciones de restauración ambiental, especialmente en la microcuenca de la cual se abastece. “Es la única forma de garantizar la sostenibilidad de los recursos naturales en nuestra jurisdicción, más teniendo en cuenta los efectos del cambio climático y la vulnerabilidad que tenemos en el territorio CAR”, dijo el Director.
¿Cómo quedaron definidas las compensaciones en la nueva norma?
De acuerdo con la nueva resolución, las medidas deben ser detalladas en un plan de compensación que el particular deberá cumplir y que será incluido en el acto administrativo que ampare el permiso, licencia o concesión de la cual se haga beneficiario.
En otras palabras, la autorización de la CAR estará sujeta a una evaluación técnica del trámite permisivo de solicitudes de sustracción, con concepto favorable para su otorgamiento.
Tan pronto como la autoridad ambiental defina la viabilidad del proyecto deberá incluir dentro del acto administrativo que concede el permiso, los términos de referencia para realizar alguna o varias de estas acciones, según corresponda:
Medidas para la restauración ecológica, rehabilitación y/o recuperación, incluyendo acciones para la eliminación, manejo de especies vegetales declaradas como invasoras (por ejemplo, retamo espinoso) y restauración ecológica de las áreas intervenidas
Financiación de esquemas de pago por servicios ambientales – PSA (incentivos a la conservación de carácter público o privado
IImplementación del mecanismo de Bancos de Hábitat.
Adquisición de predios rurales a nombre de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR o entes territoriales
Construcción y operación de obras hidráulicas como reservorios, entre otros.
“Esto implica un compromiso de todos. Sabemos que quienes en adelante soliciten estos permisos, concesiones o licencias van a sentir la diferencia, y que, a partir de julio de este año, pedir un permiso en el territorio a cargo de la CAR será más costoso que en cualquier otra parte del país. Pero esperamos que entiendan que todos tenemos que contribuir a la sostenibilidad del recurso hídrico y demás recursos naturales, porque de lo contrario nos vamos a quedar sin oferta de bienes y servicios ambientales”, puntualizó el director Alfred Ballesteros.
Finalmente, es importante advertir que las obras, proyectos o actividades a los que les fueron impuestas compensaciones ambientales o los que se encuentren en etapa de evaluación bajo la normatividad anterior (Resolución CAR 2971 de 2017), continuarán bajo los términos y condiciones allí señalados.