El nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia entre en vigencia el próximo 30 de enero. Las autoridades de policía en el departamento de Boyacá han venido realizando campañas de socialización.
Cuando agradecimos al 2016 por terminarse, inició el 2017 con una noticia que no agradó a muchos; la entrada en vigencia del nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia a partir del próximo 30 de enero.
El código ha sido criticado por un amplio sector de la ciudadanía que considera que tiene un fuerte componente monetario. Sin embargo, las autoridades policiales han hecho énfasis que este, no tiene un fin sancionatorio, sino correctivo.
EL DIARIO conversó con el Subcomandante de la Policía Metropolitana de Tunja, Coronel Luis Enrique Leal, para conocer a fondo las multas contempladas en el Código, y las campañas que se han venido realizando con las demás autoridades policiales y con la misma ciudadanía para la implementación y difusión del mismo.
“Básicamente el Código no es de la Policía, que quede claro, es un Código Nacional de Policía y Convivencia Ciudadana, que es para aplicar a todos los ciudadanos como lo dice el título. Incluye a todas las autoridades de Policía; está el Presidente, está el Gobernador, alcaldes, inspectores, autoridades especiales y Policía Nacional. Se ha socializado, no solo con la comunidad en general, sino también a las mismas autoridades. Con la comunidad hemos implementado varios estand y puestos informativos en centros comerciales, parques, plazas de mercado, en ferias, en las mismas estaciones y comandos de Policía se han implementado muchos puestos de información en los que se llama al ciudadano y se le explica qué es el Código y se les solucionan las preguntas que tenga (…) previamente a la implementación del Código hemos estado realizando comparendos educativos, donde se va a la calle y se empieza a explicarle al ciudadano qué consecuencias puede tener determinado tipo de falta o comportamiento. No hemos hecho un trabajo solamente con la ciudadanía; también lo hemos socializado con los alcaldes, los secretarios de gobierno, inspectores, procuraduría, contraloría; con todos se han hecho talleres donde se ha socializado el tema”.
Las sanciones económicas no son lo único que inquieta a la ciudadanía; disposiciones como la autorización para que la Policía ingrese en las viviendas, sin orden judicial, de aquellas personas que estén alterando el orden público y la sana convivencia; han hecho que muchos de los colombianos pongan el grito en el cielo. Sin embargo, el Coronel Leal aclaró que “el Código Nacional de Policía está establecido bajo la Ley 1801, ahí están esos artículos. Para su puesta en marcha hay una reglamentación, nosotros estamos pendientes de que sean firmados por el señor Presidente (Juan Manuel Santos), que firme ese decreto reglamentario que regula este tipo de actuaciones; pero muy seguramente serán en coordinación con entidades como las que controlan los servicios públicos en la ciudad. No vamos a pensar que el policía entró, abrió y fue y buscó dónde está el tacó y fue y lo bajó; eso no será así. Muy seguramente serán coordinaciones con las entidades que manejan los servicios públicos, siempre buscando garantizar el bienestar de las personas”.
El Código Nacional de Policía y Convivencia está compuesto por 120 páginas que contienen 242 artículos, de los cuales 230 contemplan conductas que ameritan determinado correctivo. Ante tanto comportamiento prohibido, la ciudadanía se pregunta si la Policía Nacional cuenta con el suficiente personal para garantizar su cumplimiento. Ante esto, el Coronel Leal indicó “nosotros siempre tenemos la capacidad para poder realizar nuestras tareas. Esto es una función más dentro de las múltiples funciones que cumple una patrulla de cuadrante, y aquí tenemos una ventaja y es que en el ejercicio de las actividades no solamente vamos a tener los cuadrantes, vamos a tener personal de las oficinas, vamos a tener personal de las diferentes especialidades que también apoyarán la actividad”.
Además, para garantizar el cumplimiento, la Policía Nacional ha elaborado un listado de las 20 conductas más frecuentes que resultan contrarias a la convivencia. Dentro de ellas identificó: reñir, incitar o incurrir en confrontaciones violentas ($196.720); portar armas, elementos cortantes, punzantes o semejantes, o sustancias peligrosas, en áreas comunes o lugares abiertos al público ($196.720); arrojar sustancias contaminantes residuos o desechos a los cuerpos de agua ($786.880); perturbar o permitir que se afecte el sosiego en el vecindario por altos ruidos, fiestas, reuniones cuando afecten la tranquilidad de las personas ($393.440); irrespetar a las autoridades de Policía ($196.720); lavar bienes muebles en el espacio público, vía pública, ríos, canales y quebradas ($786.880); omitir la recogida de los excrementos de los animales, por parte de sus tenedores o propietarios, o dejarlos abandonados después de recogidos, cuando ello ocurra en el espacio público o en áreas comunes ($98.360); trasladar un canino de raza potencialmente peligrosa en el espacio público, zonas comunes o en los lugares abiertos al público o en el transporte público en que sea permitida su estancia, sin bozal, correa o demás implementos establecidos por las normas vigentes ($196.720); fumar en lugares prohibidos (amonestación); utilizar inadecuadamente el sistema de número único de seguridad y emergencia 123 de la Policía Nacional ($786.880); realizar necesidades fisiológicas en espacio público ($786.880); impedir, dificultar, obstaculizar o resistirse a procedimiento de identificación o individualización por parte de las autoridades de policía ($786.880); ocupar el espacio público en violación de las normas vigentes ($98.360); consumir bebidas alcohólicas, sustancias psicoactivas o prohibidas en Estadios coliseos, centros deportivos, parques, hospitales centros de salud y en general en el espacio público ($393.440); portar sustancias prohibidas en espacio público ($196.720); incumplir, desacatar, desconocer e impedir la función o la orden de policía ($786.800); permitir, auspiciar, tolerar, inducir o constreñir el ingreso de los niños, niñas y adolescentes a los lugares donde se realicen actividades de diversión destinadas al consumo de bebidas alcohólicas y consumo de cigarrillo, tabaco y sus derivados y sustancias psicoactivas ($786.880); quebrantar los horarios establecidos por el Alcalde ($786.880); desarrollar la actividad económica sin cumplir cualquiera de los requisitos en la normatividad vigente ($786.880); y comprar, alquilar o usar equipo terminal móvil con reporte de hurto y/o extravío en la base de datos negativa o equipo terminal móvil cuyo número de identificación físico o electrónico haya sido reprogramado, remarcado, modificado, o suprimido ($196.720).