Ministerio Hacienda y Crédito Público expidió el Decreto No. 1255 de 2022, “Por medio del cual se modifican las Contribuciones del sector transporte”. El 21 de julio el Gobierno Nacional, reglamentó el impuesto de cobro por valorización. La tarifa se le comenzará a cobrar a los dueños de los predios aledaños a los proyectos de infraestructura que se desarrollan en el país.
La contribución nacional de valorización -CNV del sector transporte, se reglamenta como gravamen al beneficio adquirido por las propiedades inmuebles, como mecanismo de recuperación de los costos o participación de los beneficios generados por proyectos de infraestructura de transporte.
Designan como sujeto activo de la contribución nacional de valorización -CNV del sector transporte al Instituto Nacional de Vías -INVIAS que será el responsable de llevar a cabo las actividades inherentes al sujeto activo de la contribución, dentro de las que se encuentran: la recaudación que comprende la liquidación, la aplicación y la distribución, la devolución, la fiscalización, la discusión; y el cobro que comprende todas las actividades inherentes al cobro persuasivo y coactivo de la contribución nacional de valorización – CNV del sector transporte.
La originación de la contribución nacional de valorización -CNV del sector transporte, es el subproceso a través del cual las entidades responsables del proyecto de infraestructura identifican los proyectos de infraestructura de transporte que podrán ser objeto del tributo y solicitan la calificación ante el Comité de Calificación y Priorización de la Contribución Nacional Valorización del sector transporte, quien adoptará la recomendación de aplicar la contribución nacional de valorización -CNV del sector transporte para el proyecto.
Algunas de las disposiciones del Decreto:
- Se precisan los criterios técnicos que deberá atender la entidad pública del orden nacional responsable del proyecto de infraestructura para determinar la zona de influencia para la contribución nacional de valorización.
- Se desarrollan los elementos para la determinación del costo de los proyectos de infraestructura que integran la base gravable de la contribución nacional de valorización del sector transporte.
- Se reglamentan las diferentes técnicas para la aplicación de los métodos de distribución de la contribución nacional de valorización del sector transporte.
- Se reglamentan las tasas para la liquidación de los intereses de financiación de los pagos diferidos de la contribución nacional de valorización del sector transporte, el procedimiento para la determinación de los inmuebles de interés del Gobierno Nacional en el pago en especie y los aspectos necesarios para la implementación de las formas de pago de esta contribución.