La Alcaldía de Sogamoso decretó que empresas con más de 10 empleados, que decidan reactivar sus actividades, están obligadas a realizar pruebas rápidas de tamizaje para la COVID- 19, al 12 % del total de sus trabajadores, cada 15 días, a partir de la aprobación del inicio de actividades.
Para comenzar a laborar las empresas deberán primero inscribirse ante el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y, enviar el soporte de inscripción a la Oficina Asesora de Planeación de Sogamoso.
La Alcaldía hará la verificación al cumplimiento de los protocolos de bioseguridad, a través de Salud Pública y el Consejo Municipal de Gestión del Riesgo, las cuales contarán con el acompañamiento de la ARL.
En el decreto invitan a las empresas y sus empleados a usar como medio de transporte la bicicleta para limitar el uso de vehículos.
Rigoberto Alfonso, alcalde de la ciudad, recalca que las ferreterías no podrán abrir al público en general, y deberán desarrollar su actividad a domicilio. El sector alfarero operará bajo la medida de pico y cédula, además del estricto cumplimiento de los protocolos de bioseguridad.
“El incumplimiento de lo expuesto acarreará sanciones, que van desde la imposición de multas, decomiso de mercancía, hasta el cierre temporal o definitivo de empresas, establecimientos, edificaciones o servicios”, dijo el Alcalde.