Por | Edilberto Rodríguez – Profesor de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la UPTC
En las últimas sesiones del Consejo Superior Universitario (CSU), se ha evidenciado la preocupación de los consejeros por reformar los artículos 16, 17, 18 y 19 del Acuerdo 066 de 2005, y así allanar el camino para designar al sucesor del actual rector. Es notorio que en un año electoral, desde diferentes orillas se han hecho propuestas, cuyo trasfondo es favorecer sus candidatos in péctore.
Como se puso de manifiesto en la última escaramuza verbal, con ocasión de la discusión sobre el nuevo sistema de matrículas de pregrado, los nueve consejeros se alinearon en dos bandos; de un lado, los representantes del gobierno y los egresados, y del otro lado, quienes acompañaron al representante de los ex rectores (estudiantes, autoridades académica y sector productivo), punta de lanza del inmovilismo institucional. Como ocurrió en este episodio, al final predominó una forzada unanimidad. Es inquietante que después de todo el revuelo que causó la adopción de este nuevo régimen, todavía no se conozca una evaluación de impacto académico y presupuestal de este criticado sistema de liquidación de las matrículas.
Ahora, replicando el episodio de las matrículas, se ha programado una sesión pública para escuchar las propuestas formuladas por tres consejeros, quienes, desde sus particulares perspectivas, apuntan a modificar el procedimiento de designación del rector. Como se recordará en la sesión del 9 de marzo la máxima instancia de gobierno universitario aprobó en primera vuelta la reforma a los artículos atrás citados, que se refieren a la ampliación del periodo rectoral a cinco años, la anticipación de su escogencia un semestre antes de la terminación del periodo, además de incluir como requisito la experiencia en investigación, y poseer cinco años de experiencia administrativa. Como la reelección fue abolida, no podrán aspirar quienes se desempeñaron como titulares de ese cargo. La segunda vuelta está en la agenda del CSU, y todo parece indicar que no será fácil el tránsito del proyecto aprobado preliminarmente.
Aún no se han disipado el trastorno institucional que provocó la declaratoria, por parte del Consejo de Estado, de la nulidad del Acuerdo 042 de 2014, a través del cual se designó rector, de manera espuria, al médico Gustavo Álvarez. Hace dos años fue relevado por el actual rector, después de una reñida votación (5 a 3). Desde entonces, ante el silencio del Consejo de Estado sobre el carácter del periodo rectoral (personal o institucional), hay un limbo interpretativo, pese a que en el Acuerdo 030 de 2016- designación del ingeniero Alfonso López-, se reiteró: “entendiendo dicho periodo de designación como institucional”, y, por lo tanto, concluirá el 31 de diciembre de este año.
¿Qué proponen los tres integrantes del Consejo Superior?
Como se anotó atrás lo aprobado en primera vuelta puede revertirse, si la mayoría así lo decide.
Del siguiente cuadro comparativo se aprecia, que el grupo que se opuso al nuevo sistema de matrícula, en esta ocasión, se muestra contrario a cualquier modificación del proceso, bajo el argumento de que “cualquier modificación (…), es inoportuno, inconveniente, innecesario y carente de sustento académico, en concordancia con lo definido por unanimidad durante la sesión del Consejo Académico No. 5 del 13 de marzo de 2018”. Su proponente agrega una insólita perla: “Sin embargo, ante la necesidad de actualizar el Estatuto General (…), se recomienda que su revisión integral y de fondo sea abordada por todos los estamentos, a partir de Enero de 2019”. Dicho en buen romance, será el próximo rector quien se encargue de ello.
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De otra parte, el profesor Daniel Cárdenas propone, en su exposición de motivos, una alambicada tabla de coeficientes, mediante una escala de valoración (hoja de vida, consulta a estamentos y calificación del CSU) de los postulados, para así -intencional o ingenuamente- reducir la subjetividad en la selección del rector. La objeción a esta propuesta es confundir la designación de rector con un concurso de méritos docentes. Los perfiles son de naturaleza y alcances diferentes.
Por último está la propuesta hecha por el gobernador de Boyacá, ingeniero Carlos Amaya, quien apela a la democracia directa, aduciendo que esta se apoya en la autonomía universitaria, abogando porque “la elección de las máximas autoridades ejecutivas y académicas de la universidad se hagan de forma plural, objetiva y transparente, de tal forma que el voto democrático de los estamentos sea vinculante”. A lo anterior se agrega que son los estamentos básicos, estudiantes y profesores, quienes tienen esa capacidad decisoria por su permanente vínculo con la institución. Asimismo, el gobernador Amaya reconoce que las consultas que se hicieron en el pasado constituyeron una “burla al elector”, pues, finalmente, se imponen los arreglos non sanctos dentro del CSU.
Propuestas presentadas para la elección de rector de la UPTC
PROPONENTE | PLANTEAMIENTO CENTRAL |
Consejo Superior-primera vuelta ( | 1. “El rector es el representante legal y la primera autoridad ejecutiva de la universidad; será designado por el Consejo Superior, para un periodo de cinco (5) años, contados a partir de la fecha en que se realice su posesión. Tal designación será de carácter personal”.
2. “La designación del rector se hará durante el semestre académico anterior a la finalización del periodo rectoral”. |
ADÁN BAUTISTA MORANTES-representante autoridades académicas | “Que se continúe con la aplicación del mecanismo de designación del Rector vigente en el Capítulo II del Acuerdo 066 de 2005, en los términos y condiciones actuales” |
DANIEL CÁRDENAS GUEVARA-representante profesoral | “El Consejo Superior designará l rector, siguiendo el proceso indicado a continuación:
1. Valoración de la hoja de vida: 29 puntos 2. Consulta a estamentos: 35 puntos 3. Valoración por parte del Consejo superior: 36 puntos Se designará rector a quien obtenga la mayor calificación, siempre y cuando supere el setenta (70) puntos. |
CARLOS AMAYA RODRÍGUEZ– Gobernador de Boyacá | “El rector será elegido mediante rl voto directo de los estamentos universitarios, profesores, estudiantes, graduados y administrativos de la UPTC.
Este certamen se hará un único día en elección por separado en cada estamento. Los resultados de cada elección se reducirán a términos porcentuales y se ponderarán de la siguiente forma:
Profesores 40% Estudiantes 35% Graduados 15% Administrativos 10%
Será designado como rector por el Consejo Superior quien obtenga la mayor suma de estas ponderaciones.
El Consejo Superior establecerá el reglamento y cronograma que garantice la amplia discusión académica de las propuestas de cada uno de los candidatos”. |
Fuente: documentos radicados ante el Consejo Superior de la UPTC
¿Designación o elección? ¿Qué hacer?
De tiempo atrás, la Asociación Sindical de Profesores Universitarios (ASPU), seccional UPTC, ha planteado la conveniencia de profundizar la democracia universitaria, rescatando la participación estamentaria. Sin embargo, la inercia y el inmovilismo dominante en la universidad, han impedido superar la brecha entre el discurso y la realidad de la participación de profesores y estudiantes. Mientras persista una democracia restringida, la administración, a través de las diferentes instancias académicas-administrativas, neutralizará los espacios de deliberación y decisión.
ASPU, ha sostenido recurrentemente -y así aparece expuesto, inclusive, en el último pliego de peticiones, cuya negociación terminó recientemente- que la democracia deliberativa encuentra su concreción en la elección directa no sólo del rector, sino también de los diferentes administradores académicos como decanos y directores de Escuela. Simultáneamente, es procedente restablecer la suspensión o remoción del rector, disposición contenida en el Acuerdo 066, derogada tan pronto inició su primer periodo el rector López. A su vez, estos procesos deben estar rodeados de la mayor garantía de participación posible, lejos de las funestas prácticas clientelistas que se han enquistado en la universidad. Además, se requiere que, aparte de la veeduría universitaria que acompañe este proceso, la instancia creada para tal fin, el Comité Electoral, sea depurado y reorientado, para convertirse, realmente, no en un organismo de bolsillo de la administración de turno, sino en un verdadero órgano de control y vigilancia, en un garante de la necesaria transparencia e imparcialidad. Todo lo anterior debe estar atado a un estricto régimen de inhabilidades, incompatibilidades e impedimentos, que, a lo largo de los últimos años se han convertido en un mero saludo a la bandera, lo que ha desnaturalizado la democracia participativa en la UPTC.
Así las cosas, llegó la hora de recuperar la autonomía universitaria y avanzar en la elección directa del rector, decanos y directores de Escuela. Los profesores y estudiantes tienen la palabra. Esta decisión no puede endosarse a micropoderes externos. Todos somos responsables del destino de nuestra universidad. Renunciar a ello sería una irresponsabilidad histórica.
[…] ¿Designación o elección de rector de la UPTC, cuál es el dilema? […]
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