EL DIARIO rectifica: Secretario de Cultura de Tunja no fue privado de la libertad


EL DIARIO rectifica: Secretario de Cultura de Tunja no fue privado de la libertad

El Juzgado Segundo Penal del Circuito amparó los derechos fundamentales al buen nombre y a la honra de Juan Pablo Pérez Espitia, secretario de Cultura de Tunja, con ocasión de una publicación realizada por este periódico el 22 de diciembre de 2025. En cumplimiento de dicha decisión judicial, EL DIARIO realiza la correspondiente rectificación.

El 22 de diciembre de 2025, el periódico EL DIARIO publicó una noticia relacionada con un episodio ocurrido durante una de las noches del Aguinaldo Boyacense.

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En cumplimiento de la sentencia proferida por el Juzgado Segundo Penal del Circuito, que resolvió una acción de tutela presentada por el señor Juan Pablo Pérez Espitia, y en estricto acatamiento de las disposiciones legales y de los fallos judiciales, este medio procede a efectuar la rectificación ordenada, aclarando que la noticia publicada el 22 de diciembre de 2025 contiene aspectos que no son ciertos y, por tanto, incluye errores.

En particular, EL DIARIO aclara expresamente lo siguiente:

El señor Juan Pablo Pérez Espitia no fue privado de la libertad. El procedimiento adelantado por las autoridades correspondió a un traslado por protección, el cual tiene por objeto, en los términos de la Sentencia C-380 de 2023 de la Corte Constitucional,

“… proteger las violaciones a la vida e integridad de la persona y de terceros. La medida no tiene por objeto sancionar, sino desplegar una acción preventiva para la consecución de la finalidad propuesta.”

En la información publicada inicialmente se incurrió en un error al señalar el tiempo de permanencia del señor Pérez Espitia en el Centro de Traslado por Protección (CTP). No pasó la noche en dicho lugar, sino que permaneció allí aproximadamente veinticinco (25) minutos.

Igualmente, no es cierto que el señor Pérez Espitia haya estado en una carceleta o en reclusión provisional. Su permanencia fue en un Centro de Traslado por Protección (CTP), el cual no tiene relación con los centros de reclusión destinados a personas privadas de la libertad por causas penales.

De esta manera, EL DIARIO da cumplimiento íntegro a lo ordenado por el Juzgado Segundo Penal del Circuito.

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