Este año no hay descuento por pronto pago y, quienes tengan vehículos o motos con placas terminadas en 1, 2 y 3 deberán pagar en menos de 15 días o serán sancionados. Secretario de Hacienda de Boyacá dijo que “el objetivo de ese recaudo es continuar haciendo grandes obras en esta Boyacá grande”.
La Secretaría de Hacienda de Boyacá dispuso para este año un calendario tributario que no tiene contemplación con los propietarios de vehículos automotores a quienes no solo fija unos plazos para pagar los impuestos sino que de inmediato comienza a aplicar sanciones por mora.
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Según el calendario de pago publicado por el Gobierno departamental hace apenas unos días, quienes tengan vehículo con placas terminadas en 1, 2 y 3 deberán pagar antes del 31 de enero de 2026 porque la sanción por mora comenzará a aplicarse desde el primero de febrero.
Mientras tanto, los vehículos y las motos de más de 125 centímetros cúbicos con placas terminadas en 4, 5 y 6 deberán pagar el impuesto antes del 31 de febrero de 2026, pues la sanción por mora se les aplicará desde el primero de marzo.
Finalmente, quienes tengan vehículos con placas terminadas en 7, 8, 9 y 0 deberán pagar antes del 31 de marzo y la sanción para quienes no lo hagan se aplicará desde el primero de abril.
Es la primera vez que se aplica un calendario de pago tan drástico, pues en oportunidades anteriores se daban plazas más largos y los tiempos para la aplicación de las sanciones por mora eran más laxos.
Muchos propietarios de vehículos automotores han dado a conocer su descontento con el Gobierno departamental y han llamado la atención de que en Bogotá y otros departamentos las sanciones por mora se comienzan a aplicar en el segundo semestre del año.
Varios internautas han escrito en las cuentas de redes de la Secretaría de Hacienda manifestando su descontento con la medida.
Rodrigo Manrique Daza señaló: ¿Cómo así?, ¿por qué adelantaron las fechas para impuesto vehicular?, Ahora bien, ¿en dónde están los descuentos por pronto pago? Ahí se quedaran esperando pues… que corra la sanción y esperar las amnistías para morosos. Tienen más privilegio los incumplidos que los cumplidos. Que esperen ¿o será que necesitan dinero para las campañas…?
Carolina Mojica por su parte escribió: “Me parece el colmo que Boyacá sea de los únicos departamentos en Colombia que no tienen porcentaje de descuento por pago oportuno, de las cosas que no se ve ningún apoyo por parte de la Gobernación de Boyacá”.
Y Milena Riaño replicó: “Que tristeza que tengamos que matricular nuestros vehículos en otros departamentos ya que acá en Boyacá no hay descuento por pronto pago y el plazo para algunas placas solo es hasta el 31 de enero”.
La Secretaría de Hacienda de Boyacá respondió que, según los jueces contenciosos administrativos del orden nacional y por reciente decisión del Tribunal Administrativo de Boyacá en 2025, es ilegal hacer descuento por parte del gobierno departamental en el valor del impuesto ya que solo lo puede hacer el Congreso de la República a través de una ley”.
Y enfatizó que “las administraciones departamentales no tienen competencia para otorgar descuentos de ninguna índole en el valor del impuesto sobre vehículos”.
De acuerdo con el Estatuto de Rentas Departamental, a la Secretaría de Hacienda le corresponde fijar anualmente, mediante acto administrativo, los plazos para cumplir con esta obligación tributaria, con el propósito de garantizar un recaudo oportuno y efectivo de la renta departamental.
El Director de Recaudo y Fiscalización, César Antonio Pérez Naranjo, destacó que la presentación y el pago del impuesto deberán realizarse a través de los canales digitales habilitados y en las entidades financieras con convenio vigente con la Secretaría de Hacienda del Departamento de Boyacá. El pago deberá efectuarse de manera simultánea con la presentación de la declaración y quedar registrado en el mismo formulario.
Añadió que los contribuyentes del tributo deberán presentar la declaración de acuerdo con el último digito contenido en la placa del automotor gravado, incluidas las motos de más de 125 CC, en las que se tendrá en cuenta el último número de la placa, así esta termine en una letra, de acuerdo con las siguientes condiciones:
La liquidación del Impuesto sobre Vehículos Automotores se realiza conforme a la Resolución No. 20253040048935 del 26 de noviembre de 2025, expedida por el Ministerio de Transporte, así como a las disposiciones que la modifiquen o aclaren.
La Dirección de Recaudo y Fiscalización invitó a los contribuyentes a cumplir oportunamente con esta obligación, evitando sanciones y contribuyendo al fortalecimiento de las finanzas del departamento de Boyacá.
Por su parte el secretario de Hacienda, Juan Carlos Alfonso, aseguró que el objetivo de este recaudo es “continuar haciendo grandes obras en esta Boyacá grande”.
Las personas que deseen informarse sobre estos plazos pueden comunicarse a la línea WhatsApp 3183119821; al correo impuesto.vehiculos@boyaca.gov.co; o a los teléfonos PBX + 57 608742 0150 La extensión es 2126 y 2147.











