Como lo pidió el Ministerio Público, el Tribunal amparó los derechos e intereses colectivos al goce de un ambiente sano.
En sentencia de primera instancia, el Tribunal Administrativo de Boyacá ordenó, como lo solicitó la Procuraduría General de la Nación, suspender todas las actividades de explotación minera superficial, subterránea y a través de cualquier técnica, en la vereda San José de Tópaga, Boyacá, en el polígono que delimitó el Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT).
El fallo responde a la denuncia interpuesta por la Procuraduría judicial, agraria y ambiental de Tunja que, al conocer la explotación de carbón en el sector Peña de las Águilas, inició acciones en ejercicio de su función preventiva y alertó que desde 2009 el Servicio Geológico Colombiano había advertido sobre la inconveniencia de permitir este tipo de labor en la zona que además delimitó y nombró de seguridad.
El ente de control ratificó que el municipio ha omitido sus funciones para contrarrestar la minería sin título y que la Agencia Nacional de Minería y Corpoboyacá no han efectuado acciones de control y seguimiento efectivas, y tampoco han sido contundentes con los correspondientes procesos administrativos sancionatorios.
Como lo pidió el Ministerio Público, el Tribunal amparó los derechos e intereses colectivos al goce de un ambiente sano, a la existencia del equilibrio ecológico y el manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución; y a la seguridad y prevención de desastres previsibles técnicamente de remoción en masa que existe en el sector.
En la medida anunciada se advirtió a los mineros vinculados a la parte demandada, y a la comunidad en general, que la desatención a la anterior medida de suspensión de actividades representará la eventual comisión de los delitos de explotación ilícita de yacimiento minero y fraude a resolución judicial, sin perjuicio de los demás que puedan configurarse.