
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Penal, negó una solicitud presentada por la defensa del expresidente Álvaro Uribe Vélez, con la que se buscaba suspender provisionalmente la orden de detención domiciliaria emitida en su contra.
A través de una acción de tutela, la defensa del exmandatario, encabezada por el abogado Jaime Granados, pretendía que el Tribunal ordenara no hacer efectiva la captura inmediata ordenada por el Juzgado 44 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá. Sin embargo, en la decisión fechada el 4 de agosto de 2025, el Tribunal resolvió no decretar la medida provisional solicitada.
«No se accederá a decretar la medida provisional solicitada […], lo cual en manera alguna significa que a partir de esta providencia se desprenda el sentido del fallo que se vaya a emitir cuando se resuelva la presente acción», señala el fallo firmado por el magistrado Leonel Rogeles Moreno.
En consecuencia, la orden de captura inmediata continúa vigente, mientras el Tribunal estudia de fondo la tutela interpuesta por la defensa. Según la defensa, la sentencia del 1 de agosto vulneró derechos fundamentales del exmandatario, entre ellos el debido proceso, la presunción de inocencia, la dignidad humana y la libertad.
Cabe recordar que el expresidente fue condenado a 12 años de prisión domiciliaria por los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal.
La Sala Penal advirtió que contra esta decisión no proceden recursos y ordenó comunicarla por el medio más expedito al accionante y su apoderado.