El Ministerio de Salud y Protección Social emitió un comunicado en el que explica que, estas vacunas son exclusivamente para el personal de salud de Tunja de etapa uno y dos que no hayan sido vacunados.
Según la Resolución No. 400 se asignaron las dosis de la siguiente manera: Para el talento humano de la etapa 1: 960 biológicos, que incluye también las Fuerzas Militares y la Policía Nacional. Para etapa 2 del mismo: 1.530 vacunas.
Si en determinado prestador de servicios de salud continúan personas sin vacunar que pertenecen de la etapa 1, las vacunas asignadas en el presente artículo se podrán utilizar para inmunizar a estas personas primero.
Conforme a lo establecido en el Decreto 109 de 2021, en la priorización se debe incluir las profesiones de la salud en el servicio social obligatorio; médicos residentes y sus docentes en el marco de los convenios docencia-servicios y médicos internos de todos los prestadores de servicios de salud de cualquier nivel de complejidad.
La distribución de vacunas que se realiza a través de esta resolución, incluye a profesionales independientes, talento humano de servicios de salud que se preste intramuralmente en establecimientos carcelarios y penitenciarios, y regímenes especiales y de excepción, así como a médicos tradicionales, sabedores ancestrales y promotores comunitarios, tal como lo establece el Decreto 109 de 2021.
Las entidades territoriales que con las dosis asignadas en la presente resolución finalicen la vacunación del personal de salud y que por actualización de datos cuenten con inventario de vacunas contra la COVID-19 sin entregar, podrán ser utilizadas para inmunizar a las personas de las etapas que se encuentren abiertas.